El Jurado Nacional de Elecciones desestimó la apelación de Ronald Castillo Rojas y ratificó la candidatura de Rafael López Aliaga como primer regidor de Lima.
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Eva PalominoEscucharResumenCompartirEl Pleno del Jurado Nacional de Elecciones declaró infundada la apelación presentada por el ciudadano Ronald Castillo Rojas y confirmó la candidatura de Rafael López Aliaga a primer regidor de Lima por Renovación Popular.
Únete a nuestro canal de política y economíaCastillo pedía la exclusión del exalcalde por considerar que su postulación configura una reelección encubierta, luego de que Luis Rubio renunciara a la candidatura a la alcaldía y dejara a López Aliaga en condiciones de asumir el sillón municipal si la lista gana las elecciones del 4 de octubre.
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Resolución JNE
Castillo presentó su pedido el 21 de agosto ante el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, bajo la figura de una "denuncia ciudadana". Solicitó que se fiscalice la configuración de la lista de Renovación Popular y que, de comprobarse una incompatibilidad constitucional, se excluya a López Aliaga de la contienda. El JEE declaró improcedente el pedido y Castillo apeló ante el Pleno del JNE, instancia que resuelve en última instancia y sin posibilidad de un recurso posterior.
El Pleno determinó que la apelación se presentó fuera de plazo. Según el JNE, el plazo de tres días para formular una tacha corría desde el día siguiente a la última publicación de la lista de candidatos, ocurrida el 31 de julio, por lo que venció el 3 de agosto. Al haberse presentado el cuestionamiento recién el 21 de agosto, el Pleno lo calificó de "manifiestamente extemporáneo" y descartó entrar a analizar si la renuncia de Rubio modificó la situación de López Aliaga frente a la prohibición de reelección inmediata que establece el artículo 194 de la Constitución.
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La decisión fue suscrita por los magistrados Roberto Burneo Bermejo, Norberto Maisch Molina, Rubén Torres Cortez y Aarón Oyarce Yuzzelli.
El voto en contra
El magistrado Gunther Gonzáles Barrón votó en discordia y planteó declarar fundada la apelación. A diferencia de la mayoría, sostuvo que una prohibición constitucional como la del artículo 194 puede aplicarse de oficio y sin sujeción a los plazos procesales de una tacha, por tratarse de una controversia de puro derecho.
En su voto, Gonzáles Barrón señaló que López Aliaga "ha realizado acciones conducentes para lograr el resultado inconstitucional". Primero renunció a su curul en el Senado para habilitar su postulación a primer regidor y, luego, el candidato a alcalde de su lista renunció "por motivos personales" un día antes de que venciera el plazo legal para hacerlo. Advirtió que, de ganar Renovación Popular, López Aliaga asumiría la alcaldía por un segundo periodo consecutivo, en contra de la Constitución.
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