La ONPE exhotó a la agrupación política a subsanar la conducta infractora en un plazo de 30 días hábiles. De no hacerlo, advierte que podría iniciar otro procedimiento sancionador por una infracción muy grave.
La agrupación política Primero La Gente – Comunidad, Ecología, Libertad y Progreso ha sido sancionada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), debido a que no presentó correctamente los recibos correspondientes a 17 aportaciones recibidas en efectivo durante 2024. La ONPE identificó que esos recibos no contaban con la firma de los aportantes, un requisito indispensable establecido por la Ley de Organizaciones Políticas, normativa que obliga a cada agrupación política a presentar anualmente su informe financiero de ingresos y gastos.
La sanción quedó oficializada mediante la resolución jefatural PAS N° 000045-2026-JN/ONPE con fecha 1 de septiembre y firmada por el jefe nacional interino de la ONPE, Bernardo Pachas.
¿Qué detectó la ONPE?
En el documento se señala que Primero La Gente presentó el 1 y 3 de julio de 2025, su información financiera anual correspondiente al año 2024 y, posteriormente, con fecha 19 de agosto de 2025, presentó la rectificación de la referida información.
Tras las visitas de verificación y control realizadas por la ONPE a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, detectó inconsistencias en algunos recibos, entre ellas, problemas en el formato y la secuencia de fechas, recibos anulados que no figuraban en anexos, domicilios incompletos y ausencia de la firma de aportantes.
El documento precisa que, aunque la organización había declarado un número mayor de aportes que requerían recibo, 34 de ellos fueron considerados válidos conforme a ley y solo17 conformaron la conducta infractora.
“Se encuentra acreditado que la OP [organización política] recibió diecisiete (17) aportaciones de fuente privada, en efectivo, sin emitir el recibo correspondiente conforme a las formalidades previstas en el artículo 30 de la LOP [Ley de Organizaciones Políticas], al haberse omitido en ellos el registro de la firma del aportante. En consecuencia, existen medios de prueba suficientes para acreditar la comisión de la conducta infractora tipificada en el numeral 1 del literal b) del artículo 36 de la LOP”, se lee en la resolución.
Los 17 aportes cuestionados fueron recibidos entre el 20 de agosto y el 10 de noviembre de 2024. Los montos individuales iban desde S/ 5 hasta S/ 1,000, los que en total suman S/ 5,705.
Además, la ONPE señala que cada uno de esos aportes estaban por debajo del 25% de la UIT de 2024. Ese límite equivalía a S/ 1,287.50, por lo que esos recibos debían contar con las firmas del aportante y del tesorero, o tesorero descentralizado de la organización política o el responsable de campaña, según correspondiera.
“A través de los Oficios-PAS n.° 000057-2026-JN/ONPE y n.° 000058-2026-JN/ONPE, el 31 de marzo de 2026 se notificó a la OP [organización política] el citado informe final y sus anexos, a fin de que formule sus descargos por escrito en el plazo de cinco (5) días hábiles. Sin embargo, la OP no presentó sus descargos finales”, se lee en el documento.
La respuesta de Primero La Gente
El Poder en tus Manos, la cobertura electoral de RPP, recogió la respuesta del partido Primero La Gente. Marco Zevallos, representante legal y presidente del Comité Ejecutivo Nacional de esta agrupación señaló:
“Si hay algún error administrativo se corregirá. No hay una actitud dolosa de querer ocultar algún tipo de información financiera o económica. [Según la resolución] al parecer no se habría cumplido con adjuntar recibos por cincuenta, cien o doscientos soles, y en total no son ni dieciocho o veinte recibos… no es un monto optativo, ¿no?, y que a la luz de esto se imponga una multa de 16 UIT me parece bastante desproporcionado", afirmó.
El dirigente agregó que evaluarán el caso a fondo junto a la personería legal para seguir el procedimiento administrativo correspondiente.
"Con cargo a lo mencionado, igualmente vamos a revisar con mayor detalle la resolución y ver si corresponde la impugnación de la misma. Hay que tener en cuenta que un partido que no recibe financiamiento público, que vive de las contribuciones que hacemos la militancia, recibir una sanción como esta de más de 80 mil soles, en los hechos es herir de muerte a una organización política si es que no se sabe defender como corresponde. Materialmente nosotros no contamos con un monto [de multa] como el que está siendo señalado, y por eso vamos a evaluar recurrir a la impugnación”, remarcó.
Una multa de 82 mil soles
Por tratarse de una infracción grave, la ley establece una multa de entre 16 y 30 UIT. Sin embargo, la ONPE evaluó y determinó imponer solo 16 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), el monto mínimo previsto por ley, debido a que no estaba acreditado un beneficio ilícito ni un perjuicio económico, ni existía reincidencia e intencionalidad. Teniedo en cuenta el valor de la UIT fijada en el 2024 (S/ 5,150), el equivalente en soles de la multa es de aproximadamente S/ 82,400.
La resolución también exhorta a la agrupación a subsanar la conducta infractora en un plazo de 30 días hábiles. De no hacerlo, la ONPE advierte que podría iniciar otro procedimiento sancionador por una infracción muy grave. Asimismo, le permite a Primero La Gente poder reducir la multa en 25% si es cancelada antes del vencimiento del plazo para impugnar. Además, la organización puede solicitar el fraccionamiento del pago.
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