A partir del 1 de setiembre entrará en vigencia la nueva escala remunerativa para el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial (PJ) sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728.

De acuerdo con la norma, la escala establece, entre otros, los siguientes montos: directivo 3, S/ 15,600; directivo 2, S/ 14,750; y directivo 1, S/ 11,860.

Asimismo, contempla S/ 9,670 para profesional 3; S/ 7,880 para profesional 2; S/ 6,620 para profesional 1; S/ 5,660 para técnico 3; S/ 5,020 para técnico 2; S/ 4,580 para técnico 1; y S/ 4,100 para auxiliar 1.

La disposición reconoce al personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo Nº 728 del PJ la nueva escala remunerativa, así como una gratificación por Fiestas Patrias, una gratificación por Navidad y una bonificación por escolaridad.

Asimismo, establece que el 40% del monto correspondiente a la escala de ingresos del personal jurisdiccional y administrativo sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728 está afecto a cargas sociales y tiene naturaleza pensionable.

Sueldos. (Foto: Andina)
Sueldos. (Foto: Andina)

Prohibición

De otro lado, la norma prohíbe que el personal sujeto a este régimen perciba, bajo responsabilidad, cualquier otro ingreso, bonificación, asignación, incentivo, compensación económica o concepto de cualquier naturaleza adicional al monto aprobado.

Esta prohibición no comprende la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), la asignación familiar ni los conceptos que se otorguen posteriormente, en el marco de la Ley Nº 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal.

Finalmente, conforme al Decreto Supremo N.º 162-2026-EF, publicado en edición extraordinaria de la Separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la nueva escala remunerativa será financiada con cargo al presupuesto institucional del Poder Judicial.

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