Resulta increíble que los Jurados Electorales Especiales (JEE) en diferentes localidades hayan admitido de manera extemporánea una serie de denuncias ciudadanas pidiendo la exclusión de los alcaldes que postulan a la denominada reelección encubierta. Incluso a pesar de que carecían de sustento jurídico, porque la exclusión solo procede cuando se omite una sentencia condenatoria firme o una reserva de fallo en la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), o se reincide en una infracción por dádivas o la misma supera los 11 mil soles, es decir, dos Unidades Impositivas Tributarias (UIT), resolvieron declarando fundados algunos pedidos de exclusión, generando de esta manera que los afectados recurran a una segunda instancia, como manda la norma electoral; dicha instancia es el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

No obstante, en otros casos, cuando ordenó su archivamiento, el JEE admitió las apelaciones de los ciudadanos denunciantes, en una clara contravención a lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de DJHV y 11 del Reglamento de Inscripción de Candidatos, que expresamente señalan que los denunciantes en un proceso de exclusión no son parte del proceso jurisdiccional, como sí lo son, por ejemplo, los tachadores.

Parece que hubo un vacío en la capacitación del personal jurisdiccional de algunos JEE o, simplemente, una inconducta que debe ameritar la amonestación correspondiente por parte del Pleno del propio JNE, quien debe poner orden en este evidente desorden electoral existente, que contamina el proceso.

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