Reelección encubierta: JNE rechazó tacha contra alcalde de Ponto en Áncash que postula como primer regidor
Reelección encubierta: JNE rechazó tacha contra alcalde de Ponto en Áncash que postula como primer regidor
Reelección encubierta: JNE rechazó tacha contra alcalde de Ponto en Áncash que postula como primer regidor | Fuente: JNE
Catalina Quinto

por Catalina Quinto

Agrega RPP en Actualizado el 28 de Ago, 2026 11:01 am

La presencia de alcaldes en ejercicio como candidatos a primeros regidores ha puesto en discusión los alcances de la prohibición de reelección inmediata. El JNE ya empezó a pronunciarse sobre casos que podrían permitir la continuidad de autoridades por la vía de la sucesión municipal.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró infundada una apelación que buscaba retirar de la contienda electoral a Percy Villanera Figueroa, actual alcalde del distrito de Ponto, provincia de Huari, en Áncash, quien participa en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 como candidato a primer regidor por el Partido Democrático Somos Perú.

El caso puso nuevamente en discusión una modalidad advertida durante este proceso electoral: alcaldes en funciones que postulan como primeros regidores y que, debido a la salida del candidato que encabezaba la lista, podrían eventualmente acceder otra vez a la alcaldía si su organización gana las elecciones. El mecanismo es conocido como reeleción encubierta.

En este caso, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Huari había declarado improcedente la candidatura de Aurelio Flumencio Morales Verde a la alcaldía de Ponto, mientras que Villanera Figueroa permaneció en la lista como regidor número uno

La tacha alegaba un intento de eludir la prohibición de reelección

La ciudadana Jackeline Huamán Guzmán presentó una tacha señalando que la candidatura de Villanera configuraría un "fraude a la ley" frente a la prohibición constitucional de reelección inmediata de alcaldes:

"La condición de alcalde en ejercicio del candidato cuestionado, la campaña orientada a su continuidad, la presentación de un candidato nominal a la alcaldía y la posterior improcedencia de esta candidatura por defectos documentarios no subsanados configurarían una reelección municipal encubierta y un fraude a la ley, conforme a las opiniones de especialistas en derecho electoral invocadas en la tacha", se señala en el documento.

Entre sus argumentos sostuvo que, al quedar fuera de carrera el candidato a alcalde y mantenerse Villanera como primer regidor, el actual burgomaestre podría volver a ocupar el mismo cargo en el siguiente periodo en caso de que la lista resulte ganadora.

La impugnante también alegó que existían publicaciones políticas que vinculaban al actual alcalde con el periodo municipal 2027-2030 y sostuvo que la suma de estos elementos evidenciaría una estrategia para asegurar su continuidad en el cargo.

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¿Qué resolvió el JNE?

La mayoría del Pleno del JNE rechazó estos argumentos. Su resolución señala que la Constitución prohíbe la reelección inmediata para el cargo de alcalde, pero que Villanera Figueroa no está postulando nuevamente a esa función, sino al cargo de regidor.

Además, el tribunal electoral indicó que ni la Constitución, ni la Ley de Elecciones Municipales ni el reglamento de inscripción establecen como impedimento que un alcalde en ejercicio se presente inmediatamente después como regidor. Extender esa prohibición, agregó, implicaría crear una restricción al derecho de participación política que no está expresamente prevista en la legislación electoral.

"Asimismo la Constitución, la LEM y el Reglamento de Inscripción no contemplan como impedimento que un alcalde en ejercicio postule, en el proceso electoral inmediato, al cargo de regidor (ver SN 1.2, 1.4 y 1.6). Por ello, la prohibición de reelección inmediata no puede extenderse a un cargo distinto mediante analogía, pues ello supondría incorporar una restricción al derecho de participación política no prevista por el ordenamiento electoral (ver SN 1.3)", se señala en el documento.

Respecto a la exclusión del candidato a alcalde, el JNE consideró que esta se produjo porque no se subsanaron adecuadamente documentos observados durante el proceso de inscripción, pero que ello no demuestra por sí mismo que la organización política haya provocado deliberadamente su salida para beneficiar al primer regidor.

"La improcedencia de la candidatura de don Aurelio Flumencio Morales Verde derivó de la falta de subsanación adecuada de la documentación observada en el procedimiento de inscripción. Este hecho acredita el incumplimiento de una carga procedimental, pero no demuestra, por sí solo, que la organización política hubiera provocado deliberadamente dicho resultado para favorecer al señor candidato", se señala en el documento.

La resolución añade un elemento central para otros casos similares: la posibilidad de que el primer regidor termine siendo proclamado alcalde no convierte, por sí sola, su candidatura en una postulación encubierta a la alcaldía. El Poder en tus manos, la cobertura electoral de RPP, ha reportados más de 60 casos bajo el mecanismo de reelección encubierta, en los que incluso familiares integran la misma lista. 

Con estos argumentos, el Pleno confirmó la resolución del JEE de Huari y mantuvo a Percy Villanera Figueroa como candidato a primer regidor de Ponto.

Un magistrado discrepó y pidió revisar casos similares

La decisión no fue unánime. El magistrado Gunther Gonzales Barrón emitió un voto en minoría en el que planteó una interpretación opuesta de la prohibición constitucional. Según su posición, la prohibición de reelección no debería limitarse a impedir que un alcalde vuelva a postular formalmente al mismo cargo, sino que también debería alcanzar mecanismos indirectos mediante los cuales una autoridad pueda terminar ejerciendo nuevamente la alcaldía durante el periodo siguiente.

Gonzales Barrón incluyó expresamente entre estos supuestos el caso de un alcalde que postula como primer regidor mientras que el candidato a alcalde de su lista renuncia o ve rechazada su postulación, situación que podría permitirle acceder nuevamente a la alcaldía.

El magistrado sostuvo que el caso de Ponto encajaba en esa hipótesis y votó por declarar fundada la apelación, aprobar la tacha y retirar al candidato. Además, advirtió sobre la “proliferación de situaciones análogas” y propuso que la Secretaría General eleve al Pleno casos similares para su revisión.

Tags Elecciones Regionales y Municipales 2026 Perú Roberto Burneo JNE Únete a nuestro canal en WhatsApp Siguenos en Google News

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