Hoy en día, las llamadas de empresas que ofrecen productos o servicios que no se solicitaron es algo muy usual. Estas comunicaciones, conocidas como “llamadas spam”, pueden generar molestias y dudas sobre cuál es la entidad competente para atender cada caso.

Ante esta situación, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) considera importante que los usuarios conozcan las competencias de las distintas entidades del Estado, a fin de que puedan acudir a la autoridad correspondiente según el motivo de la llamada y el problema que se presente.

Cuando una empresa realiza llamadas con fines comerciales o publicitarios sin contar con el consentimiento previo del consumidor, el caso puede ser reportado ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entidad competente en materia de protección y defensa del consumidor.

No obstante, si el caso involucra el uso o tratamiento indebido de datos personales, la entidad competente es la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Llamadas spam. Foto: Indecopi.
Llamadas spam. Foto: Indecopi.

¿Cuál es el rol del Osiptel?

El Osiptel es el organismo regulador de los servicios públicos de telecomunicaciones y supervisa aspectos relacionados con la prestación de estos servicios por parte de las empresas operadoras.

Por ello, los usuarios pueden acudir a esta entidad cuando tengan consultas, problemas o reclamos relacionados con sus servicios de telefonía móvil, telefonía fija, internet o televisión de paga.

Por ejemplo, ante inconvenientes relacionados con la facturación, contratación, calidad del servicio, portabilidad, baja u otros aspectos vinculados con la prestación de los servicios de telecomunicaciones, los usuarios pueden solicitar orientación al organismo regulador.

Leer artículo completo en gestion.pe →