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por Sergio Espinoza
Agrega RPP en Actualizado el 28 de Ago, 2026 11:30 amEl titular del Senado, Miguel Ángel Torres, señaló que ambas cámaras “tienen el reto” de no extender la aprobación del pedido de facultades legislativas.
Compartir Congreso Torres espera que la Cámara de Diputados y el Senado atienda con celeridad el pedido de facultades del Gobierno Torres espera que la Cámara de Diputados y el Senado atienda con celeridad el pedido de facultades del Gobierno 00:00 · 01:44El Ejecutivo remitirá este viernes al Congreso bicameral un proyecto de ley que delega facultades legislativas en materias como seguridad ciudadana, simplificación administrativa, reestructuración del Estado y prevención del Fenómeno El Niño.
El presidente del Senado, Miguel Ángel Torres (Fuerza Popular), dijo que la solicitud llegó en “el menor tiempo que se ha tomado el Ejecutivo en elaborar un pedido de delegación de facultades” en los últimos 25 años, y que ello obliga a una respuesta ágil del Parlamento.
En diálogo con la prensa, Torres Morales recordó además que, históricamente, “el promedio para la entrega de facultades ha sido de veinte días”, aunque matizó que ese cálculo se refería al funcionamiento con una sola cámara.
“Tenemos el reto de que esto no se extienda por el hecho de que ahora enfrentamos la bicameralidad”, declaró.
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¡Suscríbete gratisTorres pide rapidez para aprobar pedido de facultades legislativas
La entrada en vigor de la bicameralidad podría complicar los plazos: primero, el proyecto debe ser revisado por la Cámara de Diputados y, luego, por la Cámara de Senadores, explicó el titular del Congreso, quien pidió rapidez ante la urgencia de las materias planteadas.
Según el procedimiento parlamentario, la Oficialía Mayor verificará inicialmente que la iniciativa cumpla los requisitos formales y la remitirá a una o dos comisiones especializadas, previsiblemente Constitución y Economía y Finanzas de la Cámara de Diputados.
El Artículo 114 del reglamento del Congreso establece que las comisiones tienen un plazo máximo de 60 días hábiles para expedir el dictamen respectivo.
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