Una nueva controversia emerge en Petroperú tras saberse que un ciudadano denunció una presunta vulneración del reglamento interno. El foco está en la inaplicación supuesta del artículo 64, norma que regula los plazos de vigencia contractual. Este precepto establece claramente: «[...] La dependencia administradora del contrato podrá prorrogarlo, por única vez y hasta por el periodo de un año», siempre bajo la condición de mantener o mejorar las condiciones originales pactadas.
Ante este marco legal, la denuncia formalizada ante la gerencia de cumplimiento solicita una investigación objetiva e imparcial. El ciudadano cuestiona específicamente la decisión de inaplicar excepcionalmente dicho límite temporal para los contratos de fletamento correspondientes a tres buques: Buque Tanque (BT) Ucayali y BT Urubamba, ambos de Naviera Transoceánica, así como el BT Moche, operado por Transgas Shipping Lines. La queja apunta directamente a las actuaciones realizadas para posibilitar prórrogas superiores al año estipulado.
Sobre este tema, hubo un antecedente relevante previo a los recientes cambios en la petrolera y antes de asumir Oliver Stark como presidente del ente estatal. En un memorando emitido el 10 de julio (N° GLAR-1079-2026), la Gerencia Legal y Asuntos Regulatorios respondió a la Gerencia Corporativa Comercial y Cadena de Suministro sobre la situación planteada.
En ese documento se lee que: «La Gerencia Corporativa Comercial y Cadena de Suministro ha propuesto exonerarse del artículo 64 del Reglamento de Contrataciones de Petroperú [...] a fin de acceder a una reducción de las tarifas vigentes». La respuesta legal fue contundente al indicar que la propuesta formulada ha sido analizada, encontrándola conforme tanto a la normativa aplicable como al estatuto social de la empresa. Así se estableció el precedente interno antes de los últimos movimientos en la cúpula directiva.
Aunque la denuncia inicia solicitando revisar la inaplicación del artículo 64 del Reglamento de Contrataciones de Petroperú, pone sobre la mesa otros argumentos y dudas que merecen atención. Uno de ellos es la oportunidad en que se tomó la decisión: coincide con el periodo en el cual Marco Vinelli —entonces responsable del equipo de transferencia de Fuerza Popular, hoy ministro de Desarrollo Agrario y Riego— pidió al primer ministro Luis Arroyo “se evalúe disponer que los ministerios, organismos públicos y demás entidades del Poder Ejecutivo se abstengan de realizar nuevas designaciones, nombramientos, contrataciones, modificaciones de la estructura organizacional o de asumir compromisos administrativos o presupuestales de carácter extraordinario [...]”. La solicitud fue presentada el 9 de julio.
No obstante, en la sesión del 16 de julio, el directorio dirigido por Edmundo Lizarzaburu aprobó justamente la autorización para inaplicar excepcionalmente dicha limitación. En el Acuerdo de Directorio N° 076-2026-PP se insiste que la idea fue planteada por la Gerencia Corporativa Comercial y Cadena de Suministro “dado que ello permitiría acceder a la reducción de tarifas propuestas por los contratistas, las cuales son la alternativa más económica para la empresa [...]”.
Así, se dio luz verde a que la ampliación del plazo sea por 2 y 3 años, y no por solo uno. En el documento se especifican los ahorros:
“En el informe técnico (N° GCCC-1957-2026, aprobado el 10 de julio) se precisa que aceptar las propuestas de reducción de tarifas presentadas por la empresa Navitranso por tres años y Transgas por el plazo de dos años generarían a Petroperú un ahorro estimado de US$ 22′916,685.60, según el estudio de mercado realizado en junio 2026″, se lee en el acuerdo.
El memorando GLAR-1297-2026, emitido el 11 de agosto, responde a las inquietudes planteadas por la Unidad Transporte Marítimo y Fluvial. La gerencia legal aclaró que no corresponde revisar ni visear las adendas para prorrogar contratos, hasta que su unidad emita opinión complementaria sobre si debe presentarse un informe al directorio. «En atención a lo expuesto, no corresponde que esta gerencia [legal] revise y vise las adendas remitidas para prorrogar la vigencia de los contratos, hasta que su gerencia emita la opinión complementaria y determine si corresponde presentar un informe complementario al directorio». Asimismo, con una ampliación de dos a tres años en los plazos, se comprometen más de US$ 85.96 millones. Fuentes allegadas a Petroperú insisten que la baja tarifaria actual no garantiza por sí sola que la aprobación anticipada fuera la decisión económica óptima. «Entre julio de 2026 y el inicio efectivo de las prórrogas podrían modificarse las condiciones del mercado de fletamento», resaltaron. Este escenario genera un debate sobre si la medida prioriza la eficiencia operativa o simplemente busca evitar incumplimientos futuros en un entorno volátil. La situación subraya la complejidad administrativa que enfrenta la estatal al gestionar contratos de servicios esenciales bajo nuevas reglas.
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