La medida es de carácter excepcional y aplica para multas impuestas por infracciones de transporte público y privado, salvo para las calificadas como graves. Revisa todos los detalles del beneficio.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) estableció un régimen excepcional que permitirá acceder a una reducción del 90% de las multas impuestas por infracciones de transporte público y privado. La medida busca facilitar el pago efectivo de estas penalidades, según el Decreto Supremo 017-2026, publicado en el diario oficial El Peruano. Esta iniciativa fue anunciada previamente por la presidenta Keiko Fujimori tras una reunión con diversos gremios de transporte público.

La vigencia del beneficio varía según el tipo de sanción: tendrá 90 días calendario para las multas por infracciones de tránsito y de 180 días calendario para aquellas relacionadas con el transporte público y privado. Según el MTC, se trata de un beneficio al que podrán acogerse voluntariamente quienes tengan multas pendientes de inicio de procedimiento sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en ejecución coactiva, así como aquellas que sean impuestas durante la vigencia del régimen. El sector precisó que este recorte no aplica para las infracciones más graves, como las relacionadas con la conducción en estado de ebriedad, informalidad, agresión a inspectores y accidentes de tránsito.

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¿Cómo acceder a la reducción del 90% en multas de tránsito?

El administrado debe realizar el pago con la reducción correspondiente para acogerse al beneficio. Así, la entidad competente dispondrá la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador o de ejecución coactiva. Esto incluye las costas y gastos derivados del proceso de cobranza cuando corresponda.

Bajo este régimen, las multas canceladas no generarán acumulación de puntos en la licencia de conducir ni serán determinantes para considerar reincidencia o habitualidad. La normativa precisa que el beneficio es claro y directo.

Si tengo una multa pagada parcialmente, ¿accedo al beneficio?

En casos de multas en ejecución coactiva con pagos parciales, la reducción se aplicará sobre el saldo pendiente. No obstante, si existe un recurso administrativo contra la resolución de sanción, el administrado deberá presentar el desistimiento correspondiente según la disposición vigente.

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