El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha aprobado la Resolución Directoral N° 0028-2025-MTC/18, una actualización que modifica los anexos de la RD N° 0012-2025-MTC/18. Esta medida busca fortalecer la seguridad vial y disminuir la gravedad de las lesiones en siniestros de tránsito mediante nuevas especificaciones técnicas para cascos y chalecos.
Entre los cambios más relevantes, ahora se permite el uso de visores o lentes polarizados, algo que antes estaba restringido exclusivamente a opciones transparentes. Asimismo, los usuarios podrán incorporar elementos en el rostro como pasamontañas o mascarillas para protegerse del viento, frío, sol o polvo, mejorando así su comodidad durante la conducción.
La normativa distingue cuatro categorías de cascos permitidos según su cobertura: el integral, que ofrece la máxima protección cubriendo cabeza, rostro y mentón; el modular o abatible, que mantiene altos niveles de seguridad al permitir levantar la mentonera; el tipo jet o abierto, recomendado para zonas de altas temperaturas por carecer de protección en el mentón; y el tipo off-road o motocross, diseñado específicamente para terrenos exigentes.
Es crucial recordar que permanecen prohibidos los cascos tipo bicicleta, skate, industriales, decorativos, aquellos sin certificación o con daños estructurales, ya que no garantizan la protección adecuada necesaria. El MTC resalta que utilizar un casco certificado reduce hasta en 40% el riesgo de muerte y en 70% las lesiones graves, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Además, los motociclistas tienen entre 16 y 26 veces más probabilidad de fallecer comparados con los ocupantes de un automóvil.
La falta de casco o lentes protectores se sanciona como infracción G.59, con una multa de S/ 428 (8% de la UIT), 40 puntos en el Sistema de Licencias y retención del vehículo. En cuanto al chaleco distintivo, su uso obligatorio solo activará cuando un decreto supremo declare estado de emergencia por orden interno y disponga expresamente su empleo. No portar el chaleco con la placa o taparla constituye las infracciones G.68 y G.69, también sancionadas con S/428, acumulación de 20 puntos y retención del vehículo.
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