El Gobierno de Perú planea dar un régimen excepcional para el pago de multas de tránsito y transporte. Así lo anunció Rafael Rey, titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), durante la presentación del Gabinete de Luis Galarreta ante el Congreso de la República. El ministro, al exponer su visión, expuso: «Es necesario prevenir debidamente los accidentes de tránsito y transporte, por supuesto, y hay que poner todos los medios para conseguirlo. Pero, es inadmisible mantener un sistema que pone multas abusivas y absurdas en este momento». Ante esta realidad, agregó sin dar mayores detalles: «Por eso anuncio un próximo decreto supremo, que está prácticamente redactado, que establecerá un régimen excepcional de pago de multas en materia de transporte y tránsito terrestre que reducirá significativamente el monto a pagar por dichas multas».

Dicho régimen abarca dos ámbitos principales. Primero, las infracciones de tránsito, que en buena cuenta son las papeletas impuestas por la Policía Nacional del Perú (PNP) por faltas al Reglamento Nacional de Tránsito. Este reglamento detalla los errores que pueden cometer los conductores, como conducir en estado de ebriedad o drogas y provocar un accidente; manejar sin licencia; no tener una revisión técnica vigente; exceso de velocidad; pasarse la luz roja; entre otras.
Segundo, las infracciones de transporte, que devienen en sanciones administrativas impuestas a conductores y empresas de transporte público o de carga por incumplir el Reglamento Nacional de Administración de Transportes. Esto incluye ejemplos como la informalidad, falta de revisión técnica, no contar con autorización o desviarse de la ruta.
En cuanto al detalle económico actual, para aquellas infracciones de tránsito consideradas muy graves (MG), la multa puede ser equivalente al 100% (S/ 5,500), 50% (S/ 2,750), 24% (S/ 1,320) o 12% (S/ 600) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), según corresponda. Para las infracciones graves (G), el monto asciende al 8% de la UIT (S/ 440). Finalmente, para las infracciones leves, se aplica el 4% o 5% de la UIT, es decir, entre S/ 220 y S/ 275. El nuevo decreto busca modificar sustancialmente estos montos bajo el esquema excepcional.
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