Tras un reportaje de Cuarto Poder que identificó a 211 candidatos de Alianza para el Progreso (APP) con sentencias por diversos delitos, el experto en derecho electoral y presidente del Instituto AKLLA, José Tello, cuestionó la situación. Señaló que el actual marco legal permite que candidatos con sentencias condenatorias firmes continúen en carrera electoral siempre que hayan declarado sus antecedentes en sus hojas de vida, aunque esto no constituye una causal expresa para impedir su candidatura como primer regidor. Tello detalló que las condenas por delitos como corrupción, violencia familiar, tráfico ilícito de drogas o robo agravado no generan automáticamente la exclusión de una candidatura si los antecedentes fueron declarados ante las autoridades electorales. La exclusión solo se produce cuando el postulante omite información obligatoria en su declaración jurada de vida. Este vacío legal evidencia la necesidad de revisar la legislación electoral, recordando que existen numerosos casos similares en distintas localidades del país donde la reelección encubierta es posible. El especialista criticó que los partidos políticos acepten candidaturas de personas con este tipo de antecedentes y sostuvo que, aunque actualmente la legislación no establece una responsabilidad directa de las organizaciones políticas por estos casos, corresponde a los electores evaluar los antecedentes de cada postulante. Por ello, Tello consideró necesario impulsar una reforma constitucional que establezca mayores restricciones para la participación política de personas condenadas por determinados delitos. Señaló que una modificación de este tipo permitiría establecer, mediante una regulación específica, qué delitos podrían impedir definitivamente una postulación. Finalmente, en entrevista con Canal N, remarcó: "Este tipo de antecedentes, simplemente es el elector el que tiene que sacar sus conclusiones. En este caso, hay que simplemente decir la redundancia que el elector no debe apoyar este tipo de candidaturas. Y también un mensaje en general para todos". Su postura subraya que, bajo las normas vigentes, es la ciudadanía quien debe filtrar estas opciones, mientras se espera una actualización normativa que cierre brechas en la participación electoral de sentenciados.

Causales legales detrás de exclusiones y tachas

Según José Tello, las exclusiones y tachas en procesos electorales responden a causales legales específicas. Un ejemplo claro es cuando un candidato omite información obligatoria en su declaración jurada de vida para justificar su retiro.

Plazos electorales ya vencieron

No obstante, respecto a la posibilidad de excluir de oficio a los candidatos cuestionados, el experto aclaró que los principales plazos de primera instancia ya culminaron. Los Jurados Electorales Especiales tenían hasta el 23 de agosto para resolver los procedimientos correspondientes.

Añadió que el Jurado Nacional de Elecciones mantiene hasta el 4 de septiembre el plazo para resolver en segunda instancia los casos que lleguen mediante apelación. Sin embargo, indicó que la actividad electoral relacionada con exclusiones y tachas se encuentra prácticamente en su etapa final.

López Aliaga continúa en carrera

Tello también se refirió a las solicitudes de exclusión y tachas presentadas contra Rafael López Aliaga, sosteniendo que las decisiones que permitieron su continuidad en el proceso electoral se ajustan al marco normativo vigente.

Según explicó, la denominada reelección encubierta no constituye actualmente una causal expresa que permita impedir su candidatura como primer regidor. Consideró que esta situación evidencia la necesidad de revisar la legislación electoral y recordó que existen numerosos casos similares en distintas localidades del país.

El especialista sostuvo que, mientras no exista una norma que establezca expresamente ese impedimento, las autoridades electorales deben respetar los principios de legalidad y conservación de la participación política.

Cuestionan aportes de sentenciado prófugo a candidato de Fuerza Popular

Finalmente, Tello fue consultado por el caso del diputado de Fuerza Popular, Carlos Zegarra, luego de que un reportaje de Cuarto Poder revelara que un hombre sentenciado a seis años de prisión y actualmente prófugo figura entre sus aportantes de campaña.

Tello remarcó que corresponde determinar si el aportante fue incorporado por decisión del propio candidato, por el jefe de campaña o por otra persona vinculada a la organización de la campaña electoral. En ese escenario, afirmó, Segarra tendría que explicar las circunstancias en las que se produjo dicha relación y el aporte registrado.

No obstante, sostuvo que también debe establecerse si existe algún vínculo directo entre el candidato y el aportante. Consideró que una eventual responsabilidad podría recaer en el jefe de campaña, quien tiene funciones relacionadas con la administración y rendición de cuentas ante los organismos electorales.

El experto señaló que el caso debe ser esclarecido y determinarse cómo llegó este aportante a la campaña. Este tipo de antecedentes, simplemente es el elector el que tiene que sacar sus conclusiones. José Tello tras renuncia de Corvetto: “Es una decisión saludable ante la crisis de credibilidad de la ONPE”

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