DANA Aníbal: Ejecutivo declara emergencia en Atico, Ilo y Cairani tras lluvias y vientos
Hoy, 23 de agosto, el Ejecutivo oficializó un estado de emergencia para los distritos de Atico (Arequipa), Ilo (Moquegua) y Cairani (Tacna). Esta medida responde a los severos daños provocados por las lluvias intensas y vientos fuertes asociados al fenómeno DANA Aníbal. La orden, sustentada en el Decreto Supremo N.º 118-2026-PCM, entró en vigor tras su publicación en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano y tendrá una vigencia de 60 días calendario.
Esta disposición habilita la aplicación de medidas extraordinarias para rehabilitar las zonas afectadas. Durante este periodo, los gobiernos regionales y locales deberán ejecutar acciones inmediatas para atender las necesidades derivadas del evento meteorológico. Todo el proceso se coordinará con seguimiento técnico del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
La norma define que las intervenciones serán desarrolladas por los gobiernos regionales de Arequipa, Moquegua y Tacna, junto a sus autoridades locales, adaptándose a las condiciones específicas de cada zona. Participarán además distintas entidades del Gobierno nacional según sus competencias.
Entre los sectores involucrados figuran los ministerios de Salud, Educación, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Transportes y Comunicaciones, Interior, Defensa, Energía y Minas, Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como Desarrollo e Inclusión Social. Las acciones deben mantener una relación directa con los daños ocasionados por la DANA Aníbal. Estas podrán modificarse según las necesidades y condiciones de seguridad identificadas durante su ejecución, siempre con sustento técnico.
Medicinas, alimentos y maquinaria figuran entre los bienes previstos para atender la emergencia
Para facilitar donaciones a la población afectada por las lluvias y vientos fuertes en Ático, Ilo y Cairani, el decreto oficializa un listado de recursos. La lista incluye medicamentos, vacunas, equipos médicos, repelentes, bloqueadores solares, alimentos, bebidas, ropa, calzado, colchones, artículos de higiene personal, pañales, herramientas y materiales de construcción.
Además se consideran generadores eléctricos, combustibles, plantas potabilizadoras de agua, radios de comunicación, carpas, toldos, bolsas de dormir, linternas, motobombas, maquinaria pesada, volquetes, tractores y elementos para puentes. También abarca servicios gratuitos de alimentación, atención médica, transporte, logística, almacenamiento y operación de equipos. La ejecución de estas medidas será financiada con los presupuestos institucionales de las entidades participantes, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.
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