El Poder Judicial descartó el hábeas corpus interpuesto por el senador Fernando Rospigliosi, quien buscaba anular su condena por difamación agravada contra Delia Espinoza. La exfiscal de la Nación y actual decana del Colegio de Abogados de Lima fue la víctima de las publicaciones en redes sociales donde Rospigliosi la calificó como «aliada del terrorismo y de las economías informales». Por este delito, el legislador recibió una sentencia de abril pasado que le impone 9 meses de prisión suspendida.
La defensa política acudió al Quinto Juzgado Constitucional de Lima argumentando que la jueza Norma Carbajal no valoró adecuadamente los hechos y que se trató a Rospigliosi como si fuera un delito común, pidiendo dejar sin efecto todo el proceso. Sin embargo, el magistrado Jorge Ramírez determinó que no correspondía ejercer control constitucional mientras la condena «todavía no es firme». Para el juez, la sentencia debe revisarse primero mediante los mecanismos ordinarios de impugnación antes de permitir cualquier cuestionamiento en esos términos.
Esto significa que la decisión sobre la responsabilidad del senador todavía puede ser revisada en segunda instancia. La jueza suprema Norma Carbajal emitió originalmente la pena en primera instancia y actualmente tanto Rospigliosi como Espinoza han presentado recursos de apelación, por lo que el caso continúa en trámite. Además, la defensa del senador tiene la opción de apelar la resolución que declaró improcedente su hábeas corpus. De continuar esta vía constitucional, el litigio podría llegar eventualmente al Tribunal Constitucional, donde se definirá si la protección fundamental fue vulnerada o no durante el procedimiento penal. Así, por ahora, la condena sigue vigente dentro del sistema ordinario hasta que un tribunal superior resuelva las apelaciones pendientes sobre el fondo del caso y la legalidad de la pena impuesta al congresista por sus declaraciones virales contra la colega fiscal.
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