Una infidelidad antes del matrimonio puede resultar en la cancelación del compromiso. En Perú, el Código Civil permite pedir indemnización si se cumplen ciertos requisitos.

¿Se puede pedir una indemnización por los gastos y perjuicios ocasionados si cancelan el compromiso tras una infidelidad? En Perú, la respuesta es sí. El Código Civil contempla una figura específica para estos casos, aunque no todo daño emocional genera un reclamo económico.

Según Lorena Fernández, abogada de familia que habló con RPP, la norma distingue claramente entre lo sentimental y lo patrimonial. La indemnización solicitable no corresponde al dolor, la decepción o el daño psicológico que pueda generar la ruptura del compromiso matrimonial. El artículo 240 establece que el dinero debe cubrir exclusivamente los gastos económicos realizados a raíz de este vínculo y que finalmente no pudieron recuperarse.

No obstante, para acceder a esta compensación económica, deben cumplirse requisitos estrictos definidos en el mismo documento legal. La promesa de matrimonio debe estar formalizada de manera indudable; esto es fundamental porque no basta con acreditar que el compromiso terminó por sí solo. Además, la ruptura debe ser consecuencia de la culpa exclusiva de uno de los prometidos y ambos deben ser legalmente aptos para casarse.

La norma también fija un plazo para ejercer esta acción y contempla reglas particulares sobre las donaciones realizadas con motivo del matrimonio proyectado. De acuerdo con lo que se establece en el artículo 240, la persona que incumpla una promesa matrimonial puede estar obligada a indemnizar al otro prometido o a terceros cuando el compromiso se haya formalizado de manera indudable.

En definitiva, si decides cancelar tu boda por infidelidad, no puedes reclamar por tus sentimientos. Sin embargo, sí tienes la posibilidad de exigir el reembolso de los gastos que incurrías para construir ese futuro juntos y que ahora quedan sin sentido debido a la acción exclusiva del otro prometido.

"Respecto al daño moral, se puede pedir una indemnización, no dentro de este artículo, porque no lo enmarca, pero sí como responsabilidad extracontractual. Pero, tú tienes que probar que la depresión que tienes es producto de este rompimiento", enfatizó la experta. Para reclamar una reparación por daño moral o psicológico, se debe recurrir a otra vía legal y acreditar de manera directa la afectación sufrida, puesto que este tipo de perjuicio no está contemplado dentro de la indemnización prevista en dicho artículo.

"Lo que se indemniza no es el daño moral o psicológico, sino el resarcimiento de los gastos que se han generado durante este compromiso. Si no existe ningún gasto porque nunca mandaste a hacer las invitaciones, no contrataste el catering u otro servicio, entonces, ¿qué cosa vas a resarcir?", señaló la abogada.

¿Cuál es el plazo para pedir una indemnización tras cancelar la boda?

La acción por el incumplimiento de la promesa matrimonial debe presentarse dentro de un año desde la ruptura. El mismo periodo se aplica para solicitar la revocación de las donaciones realizadas por razón del matrimonio que se tenía previsto celebrar. Por tanto, el vencimiento de un compromiso no genera por sí solo el derecho a recibir una indemnización.

Para que proceda lo establecido en el artículo 240 deben cumplirse las condiciones señaladas por la norma: que exista una promesa formalizada de manera indudable, que los prometidos sean legalmente aptos para casarse, que uno de ellos la incumpla por su exclusiva culpa y que ese incumplimiento ocasione daños y perjuicios.

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