El máximo intérprete de la Constitución, el Tribunal Constitucional (TC), acabó de restituir la libertad de tránsito al empresario Alan Azizollahoff. Con esta resolución, se dejó sin efecto las órdenes de captura a nivel nacional e internacional que pesaban contra él desde hacía tiempo. La medida judicial responde a una demanda presentada por su defensa legal, en la cual se solicitó declarar prescrita la pena impuesta.
La condena original fue de cuatro años de prisión efectiva, dictada en 2014 por el delito de homicidio culposo por omisión impropia. Esta responsabilidad penal se le atribuyó al dueño de la desaparecida discoteca Utopía tras un incendio ocurrido el 20 de julio de 2002, donde murieron 29 jóvenes. La sentencia fue posteriormente confirmada en mayo de 2015 dentro del proceso judicial derivado del trágico suceso.
Ahora, el TC declaró fundada la demanda y estableció que dicha pena ya no tiene vigencia debido a la prescripción. Al considerar prescrita la sanción que había dado lugar a las órdenes de captura, el tribunal revirtió las restricciones impuestas al empresario. Así, Azizollahoff queda libre de los mandatos de detención que lo perseguían en todo el país y fuera de sus fronteras. La decisión del Tribunal Constitucional cierra un capítulo judicial complejo relacionado con uno de los casos más emblemáticos de la historia reciente sobre seguridad pública en Perú.
El Tribunal Constitucional determinó que las órdenes de captura contra Alan Azizollahoff, válidas a nivel nacional e internacional, pierden vigencia. Esto ocurre por el transcurso del tiempo y la prescripción de la pena, dejando sin efecto los mandatos judiciales emitidos tras el incendio de Utopía. El siniestro se registró el 20 de julio de 2002 en Lima, tragedia que cobró la vida de 29 jóvenes. Este hecho marcó un punto de inflexión como uno de los procesos judiciales más emblemáticos del país respecto a las condiciones de seguridad y funcionamiento de los establecimientos nocturnos.
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