Indecopi sanciona a Interbank con más de S/411 mil por llamadas spam: ¿qué pasó? El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) impuso, en primera instancia administrativa, una multa millonaria al Banco Internacional del Perú. La sanción asciende a 74.88 UIT, lo que equivale a S/ 411.840. Esta penalización responde a que la entidad financiera realizó comunicaciones comerciales sin poder acreditar el consentimiento previo de sus usuarios. La Resolución Final 033-2026/CC3 detalla que Interbank efectuó llamadas telefónicas para ofertar productos y servicios, omitiendo demostrar que había obtenido la autorización necesaria antes de contactar al consumidor. La autoridad explicó que tener una tarjeta o un préstamo con el banco no implica automáticamente que el cliente haya aceptado recibir publicidad adicional. Para que estas comunicaciones sean legítimas, la empresa debe contar con el permiso correspondiente desde el inicio. El Indecopi enfatizó en su comunicado: "El Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que las empresas no pueden realizar llamadas, enviar mensajes de texto o efectuar comunicaciones electrónicas con fines publicitarios cuando el consumidor no ha otorgado previamente su consentimiento informado, expreso e inequívoco". Esta norma tiene como objetivo proteger a los ciudadanos frente al uso de métodos comerciales agresivos y garantizar su derecho a decidir si desean recibir este tipo de intromisiones. Durante la investigación, la autoridad detectó una práctica irregular por parte del banco. Interbank intentó validar algunas llamadas solicitando el permiso del consumidor justo al inicio de la misma comunicación, momento en que ya se le ofrecía un producto o servicio. Sin embargo, esta táctica no cumple con el requisito legal, pues la autorización debe existir antes de realizar cualquier contacto comercial. Al carecer de este respaldo previo, las llamadas fueron consideradas como el uso de métodos comerciales agresivos por parte del regulador. Para llevar a cabo esta investigación exhaustiva, el Indecopi recurrió a herramientas avanzadas de inteligencia artificial y ciencia de datos. Con estas tecnologías, revisó grandes volúmenes de grabaciones telefónicas para identificar aquellas que contenían comunicaciones comerciales no autorizadas. De este análisis masivo se concluyó que la entidad financiera actuó en contra de las normas de protección al consumidor vigentes, motivando la sanción económica por valor de más de 400 mil soles. La resolución busca reafirmar el compromiso del Estado con la defensa efectiva del cliente frente a prácticas abusivas en el sector financiero y comercial. Redacción RPP

Tras revisar el expediente, la Comisión detectó infracciones graves en Interbank. Se constató que existían casos donde los consumidores no pudieron acreditar su consentimiento para recibir llamadas. Al evaluar las pruebas presentadas, se confirmó la violación a la normativa y se estableció la multa de más de S/400 mil por aplicar métodos comerciales agresivos.

No obstante, esta decisión del Indecopi corresponde a la primera instancia administrativa, lo que significa que la vía aún no está agotada. El banco tiene derecho a presentar un recurso de apelación. Si Interbank interviene, el caso será remitido para su evaluación ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del propio organismo. Es importante recordar que esta sanción se debe a que la entidad bancaria utilizó estrategias de contacto telefónico no autorizadas.

La investigación detallada permitió identificar patrones claros de incumplimiento por parte de los agentes comerciales asignados a la institución financiera peruana. Así, el Indecopi reafirma su postura frente al uso indebido de datos personales en campañas masivas de marketing sin previo aviso adecuado, protegiendo así los derechos fundamentales de los usuarios del sistema bancario nacional.

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