WhatsApp se ha convertido en una herramienta clave para la atención al cliente y la promoción comercial. Sin embargo, su uso indebido puede generar sanciones, como lo han demostrado recientes resoluciones del Indecopi y la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANDP).

Por un lado, Indecopi ha sancionado a una empresa con 7.85 UIT (Resolución 3474-2024/SPC) por no atender un requerimiento enviado vía WhatsApp. La empresa había publicado dicho número en su página web como canal de atención, lo que lo convirtió en un canal oficial de comunicación. Así, el no responder un requerimiento generó la sanción por infracción al deber de información.

Por otro lado, la ANDP impuso una multa de 10.5 UIT (RD 361-2024-JUS/DGTAIPD-DPDP) a una empresa por tratar datos personales a través de WhatsApp sin contar con una política de privacidad. Dicho canal era utilizado para recibir consultas de interesados en su oferta comercial. Cabe señalar que, para tratar datos personales, las empresas deben contar con el consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado del titular de datos personales.

Estas multas subrayan la importancia de un manejo responsable y legal de estas plataformas en el entorno corporativo peruano.

Más allá de situaciones aisladas, el uso corporativo de WhatsApp exige un cumplimiento estricto para evitar sanciones. El literal e) del artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor es claro: no se pueden enviar mensajes publicitarios sin el consentimiento previo del destinatario. Aunque el nuevo Reglamento de Protección de Datos Personales permite un primer contacto para solicitar dicha autorización, si esta no se otorga, no se puede insistir; de lo contrario, se incurrirá en una infracción por carecer del permiso necesario. Las empresas que integran este canal a su estrategia deben asegurarse de cumplir con estas normas vigentes. Una gestión correcta de WhatsApp previene riesgos legales y protege la reputación corporativa. Al hacerlo, no solo evitan multas, sino que también fortalecen la confianza de los consumidores en la marca. Es fundamental recordar que el consentimiento es la base de cualquier interacción comercial válida hoy en día. Ignorar estos protocolos expone a las organizaciones a consecuencias jurídicas graves. Por ello, implementar flujos de aprobación claros antes de enviar cualquier promoción es una medida indispensable. La privacidad del cliente debe ser prioridad absoluta para mantener relaciones comerciales sostenibles. En definitiva, el respeto a la normativa no es opcional, sino un requisito esencial para operar en el mercado actual sin comprometer la integridad del negocio ni los derechos de las personas que interactúan con él diariamente.

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