El 11 de agosto, los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del Perú firmaron un pronunciamiento conjunto en el que exigen que cualquier cuestionamiento a un fallo se resuelva por la vía procesal y no mediante denuncias disciplinarias. El documento es una respuesta directa a la denuncia de Fernando Rospigliosi ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ), en la que el senador fujimorista pidió la destitución de tres magistrados que condenaron a policías por la Masacre de Castro Castro al aplicar la Ley de Lesa Humanidad.

Poder Judicial respondió a las denuncias y pedidos de destitución contra jueces por parte del senador fujimorista. Foto: composición LR

En el texto, los magistrados rechazan cualquier forma de presión política sobre sus decisiones y piden respeto absoluto a su independencia judicial. Para sustentar su postura, citan el artículo 139°, inciso 2, de la Constitución, que establece que ninguna autoridad puede interferir en el ejercicio de la función de juzgar. También invocan el artículo 18° de la Ley de la Carrera Judicial y el artículo 5° del Código de Ética del Poder Judicial, normas que prohíben sancionar a un juez por el sentido de sus resoluciones.

El pronunciamiento, que no menciona a Rospigliosi por nombre, incluye tres pedidos concretos: reafirmar el compromiso de las cortes con la independencia judicial como garantía de los derechos ciudadanos, exigir que las discrepancias con un fallo se canalicen mediante apelaciones y no mediante denuncias disciplinarias, y exhortar a los actores políticos a no instrumentalizar las instituciones públicas contra los magistrados. El comunicado se refiere de forma genérica a "actores políticos con representación parlamentaria" que interpusieron denuncias contra magistrados ante la JNJ.

El documento lleva la firma de los titulares de varias cortes del país, entre ellas Piura, Lima Norte, Arequipa, Junín, Cusco, Del Santa, Callao, La Libertad, Lambayeque y Huánuco.

Fernando Rospigliosi presentó su denuncia el 11 de agosto contra los jueces Miluska Cano López, Otto Verapinto Márquez y Helbert Llerena Lezama, quienes integran la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria. El excongresista pide que la JNJ abra un proceso disciplinario y, de comprobarse faltas graves, ordene su destitución. El origen del conflicto es una sentencia del 10 de julio, cuando los magistrados inaplicaron la Ley 32107 en el caso de cuatro policías condenados por la Masacre de Castro Castro. Los agentes recibieron 15 años de prisión por homicidio calificado y lesiones graves contra internas del penal Canto Grande en 1992.

El pedido de Rospigliosi se apoya en dos normas que él mismo impulsó en el Parlamento anterior: la Ley 32107, que fija la prescripción de los delitos de lesa humanidad cometidos antes de 2002, y la Ley 32419, que otorga amnistía a militares, policías y miembros de comités de autodefensa procesados por acciones vinculadas a la lucha antisubversiva entre 1980 y 2000. Para el excongresista, los jueces habrían cometido una infracción constitucional al ignorar una sentencia del Tribunal Constitucional que declaró la vigencia de ambas disposiciones.

La denuncia contra los vocales no es un hecho aislado. El patrón se repite: cada vez que un magistrado falla en contra de las leyes de amnistía, Rospigliosi acude a la JNJ para pedir su salida. En julio denunció a la fiscal Rosario Quico Palomino por no aplicar la Ley 32107 en el caso del general Juan Rivero Lazo. En marzo, junto con Jorge Montoya, presentó una queja contra el juez Jorge Chávez Tamariz por un proceso de 1983. Y en agosto de 2025 denunció al juez Richard Concepción Carhuancho, quien terminó suspendido seis meses por la JNJ en junio de este año.

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