Tras conocerse que el Poder Judicial archivó el proceso por los aportes de Venezuela, Odebrecht y OAS a las campañas de Ollanta Humala en 2006 y 2011, el abogado de Nadine Heredia en Brasil, Marco Carvalho, recomendó este jueves a la exprimera dama no retornar aún al Perú. La sugerencia, explicó, se mantiene mientras no existan seguridades de que no enfrentará nuevas indagaciones.

El cierre de un caso no garantiza que el peligro de persecución haya cesado o que existan las garantías del Estado peruano para su retorno. La sugerencia a la señora Nadine es que no retorne hasta que se den las garantías absolutas de que no volverá a ser perseguida en el Perú”, declaró Carvalho a RPP.

El abogado recordó que el asilo que Brasil otorgó a Heredia responde a una medida de protección, pues el Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva consideró que la exprimera dama era víctima de persecución política y acoso judicial del sistema de justicia peruano. Desde el 16 de abril de 2025, Nadine Heredia reside en Brasilia junto a su hijo menor.

La decisión judicial que motivó estas declaraciones fue adoptada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional, que archivó el proceso penal contra Heredia y otros implicados en el financiamiento de las campañas presidenciales de su esposo. La medida también alcanzó a Ilán Heredia, Antonia Alarcón y Rocío Calderón, hermano, madre y amiga de la exprimera dama, respectivamente.

El archivo comprende además al excongresista Santiago Gastañadui, Mario Torres, Eladio Mego, Maribel Vela y a las personas jurídicas Partido Nacionalista Peruano y Todo Graph S.A.C., todos investigados por los aportes provenientes de Venezuela y de las empresas brasileñas Odebrecht y OAS.

La Sala Superior dejó sin efecto las audiencias que había programado para evaluar las apelaciones presentadas por las personas naturales y jurídicas contra las condenas y sanciones impuestas por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, al considerar que estas carecían de objeto jurídico revisable. La decisión, adoptada a través de una resolución emitida el último 7 de agosto a la que tuvo acceso RPP, se tomó tras hacer extensivos los efectos de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró fundada una demanda de hábeas corpus presentada a favor del expresidente Ollanta Humala y dispuso la nulidad de todo el proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de lavado de activos en agravio del Estado.

DISPONER el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso penal en los extremos comprendidos por esta decisión, con efectos de clausura constitucional del objeto penal, sin perjuicio de los actos meramente administrativos, registrales o de comunicación que deban ejecutarse para materializar lo resuelto”, indica la sala en su resolución.

Además, el colegiado dispuso levantar las órdenes de captura, requisitorias, restricciones personales, medidas coercitivas y medidas reales que se deriven exclusivamente de este proceso penal y de los extremos comprendidos en la decisión, siempre que no exista un mandato vigente dictado en otro proceso o por una autoridad competente distinta. De esta manera, la Sala Superior precisó que el archivo definitivo tiene efectos de clausura constitucional del objeto penal, sin perjuicio de los actos meramente administrativos, registrales o de comunicación que deban ejecutarse para materializar lo resuelto.

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