El abogado especializado en derecho bancario, Rolando Castellares, explicó que la primera modificación obliga a las entidades a “esmerarse” en ubicar a clientes cuyos fondos superen las 10 UIT (S/ 53,530) antes de transferirlos al FSD. En esa línea, la superintendencia considera necesario modificar la norma para que las empresas financieras realicen una búsqueda activa de datos de contacto en redes sociales y otras fuentes de información pública.

El Fondo de Seguro de Depósitos protege a los ahorristas de entidades con permiso para captar fondos del público, como bancos o cajas municipales, y se activa cuando el regulador interviene alguna de estas instituciones. Su cobertura llega hasta S/ 116,700 entre diciembre 2025 y febrero 2026, monto que se ajusta cada tres meses.

Según el marco legal, los bienes que permanezcan inmovilizados por más de 10 años pasan a formar parte del referido fondo. La ley de bancos contempla toda clase de activo: dinero, fondos, cuentas, valores, bienes muebles, bultos, entre otros.

Bancos deberán seguir nuevas disposiciones de la SBS | Foto: Andina

Un segundo cambio establece que los bienes no dinerarios en abandono serán vendidos y el dinero obtenido irá al FSD, precisó Castellares. “Los bancos no solo tienen fondos dinerarios en cuentas de sus clientes, sino cuentas de custodia de valores. Además, ofrecen también custodia y guarda de bultos y bienes muebles”, añadió.

El abogado Rolando Castellares relató un caso reciente que ilustra los problemas de la norma anterior: “Un caso que vimos hace poco fue el de un depósito constituido en favor de un menor de tres años que solo podía ser dispuesto cuando cumpliera 18 años. Sin embargo, el banco depositario lo entregó al FSD a los 10 años, o sea, cuando el menor tenía 13 años y aún no podía disponer de esa cuenta. Se reclamó y el banco tuvo que devolverlo”.

Las exclusiones del FSD también fueron detalladas por el especialista. Los depósitos con pacto de renovación automática no califican como inmovilizados y, por ello, quedan fuera del fondo. De igual forma, no se transferirán aquellos que por ley o contrato se mantengan inmovilizados.

Castellares consideró que estas dos modificaciones “son precisiones importantes que no estaban reguladas”. No obstante, advirtió que el nuevo reglamento de la SBS no menciona a las cajas de seguridad en abandono, una situación que, según el experto, “es frecuente”.

Según datos de la SBS, a octubre del 2025 había 44.8 millones de cuentas de depósitos de ahorro de personas registradas en el sistema bancario peruano.

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