El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento publicó el reglamento de la Ley de Vivienda de Interés Social, que introduce nuevas reglas para quienes accedan a subsidios estatales. Una de las principales disposiciones es que los beneficiarios ya no podrán adquirir una vivienda social para luego arrendarla como fuente de ingresos: el inmueble deberá ser usado como residencia propia.

La norma establece que los beneficiarios deben ocupar la vivienda como residencia habitual durante cinco años, sin posibilidad de alquilarla. Si en ese periodo el beneficiario arrienda el inmueble, deja de habitarlo o incumple las condiciones del subsidio, no solo perderá la posibilidad de acceder a futuros apoyos del Estado, sino que también enfrentará sanciones. Además, dejará de recibir beneficios financieros y deberá devolver el subsidio con los intereses legales generados desde su desembolso.

El objetivo de estas medidas es garantizar que los recursos públicos se orienten efectivamente al acceso a vivienda propia y no a la obtención de ingresos mediante el alquiler de inmuebles financiados por el Estado. En esa línea, también se creó el Registro Nacional de Vivienda (RENAVI), en el que deberán inscribirse los proyectos de Vivienda de Interés Social para acceder a programas y beneficios estatales, y donde se fijaron parámetros técnicos mínimos para las viviendas.

Según la regla, las viviendas deberán tener un área inicial de 35 metros cuadrados, aunque de forma excepcional podrán construirse desde 25 metros cuadrados, siempre que cumplan con los requisitos de habitabilidad y seguridad vigentes.

Imagen referencial de la sede del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento | Foto: Difusión

Leer artículo completo en gestion.pe →