La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi ratificó en última instancia la sanción económica de 450 UIT (S/2.5 millones) contra Medifarma, al confirmar su responsabilidad administrativa por la distribución en el mercado nacional del lote 2123624-1 de suero fisiológico al 9%, un producto defectuoso que puso en riesgo injustificado la salud de los usuarios y causó el fallecimiento de consumidores que lo recibieron.
La infracción al artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor quedó firme con la Resolución 3041-2026/SPC, que además ordena medidas correctivas reparadoras. La compañía farmacéutica deberá asumir directamente los gastos médicos para la recuperación de los sobrevivientes afectados, cubrir los costos de sepelio de las víctimas mortales o gestionar los reintegros correspondientes.
Para los consumidores que aún no han sido identificados, la empresa tendrá que habilitar un procedimiento de atención en un plazo máximo de 10 días calendario tras la recepción de las solicitudes. “Quienes hayan tenido complicaciones por el uso de este producto podrán acreditar su situación mediante comprobantes de pago, historias clínicas, informes médicos o declaraciones juradas emitidas por establecimientos de salud”, agregó el Indecopi en comunicado.
Asimismo, para garantizar la difusión de estas acciones, Medifarma deberá publicar los canales de atención de solicitudes mediante un aviso en un diario de circulación nacional dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación.
La Sala también ratificó que Medifarma debe asumir la responsabilidad administrativa por haber colocado en el mercado un producto riesgoso, tras declarar improcedentes los pedidos de nulidad presentados por la empresa y su solicitud de suspensión del procedimiento administrativo sancionador. Este pronunciamiento, que corresponde a la segunda y última instancia administrativa del Indecopi, aún puede ser impugnado en la vía judicial.
Como parte de las medidas correctivas complementarias, se ordenó a la farmacéutica diseñar e implementar un programa de cumplimiento normativo orientado a la prevención de riesgos. Dicho plan contempla la identificación de fallas en la producción dentro de un plazo de 120 días hábiles, la aprobación formal del programa en los 30 días posteriores, la ejecución de capacitaciones al personal y la realización de una auditoría externa independiente al cabo de un año para certificar su efectividad.
Además, la resolución exige que la empresa coloque un anuncio visible y de acceso directo en la portada de su sitio web oficial y redes sociales durante seis meses. Para fiscalizar el avance de estas coberturas, Medifarma deberá presentar informes trimestrales sustentados ante el Indecopi por un periodo de dos años. Si la compañía no entrega las pruebas sobre estos avances, enfrentará multas coercitivas; y si no paga la sanción fijada, se iniciará en su contra un procedimiento de ejecución coactiva.
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