El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó una medida que permite a cualquier persona natural solicitar la restricción total para la contratación de nuevos servicios móviles a su nombre, en todos los canales de venta habilitados por las empresas operadoras. La disposición, contenida en la Resolución N° 00135-2025-CD/Osiptel, está dirigida tanto a quienes ya son abonados como a quienes no lo son, y busca evitar que los ciudadanos sean víctimas de suplantaciones o contrataciones no solicitadas.

Según la norma, el interesado deberá acercarse o contactar a la operadora para gestionar la restricción, y la empresa tendrá un plazo máximo de cinco días calendario para atender la solicitud, previa validación de identidad mediante verificación biométrica. Una vez activado el mecanismo de protección, la operadora no podrá procesar ninguna solicitud de contratación de servicio móvil vinculada al documento de identidad del solicitante, salvo que este decida levantar la restricción de forma presencial y bajo los protocolos de seguridad vigentes.

La medida forma parte de un paquete de regulaciones temporales implementadas por el Osiptel en el marco del estado de emergencia, con el objetivo de fortalecer la seguridad, la protección de los datos y la trazabilidad del servicio móvil. Además, la resolución establece un procedimiento de validación de identidad para las personas naturales que tengan más de diez líneas de servicios móviles registradas a su nombre, y limita la cantidad de contrataciones para personas naturales a un solo servicio móvil por mes y por empresa operadora, sin que ello afecte la portabilidad numérica.

El Osiptel indicó que viene realizando un seguimiento periódico al comportamiento de las empresas operadoras respecto a las obligaciones contenidas en las medidas temporales, así como ejecutando acciones de fiscalización para determinar si corresponde adoptar medidas administrativas frente a posibles incumplimientos.

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