El 6 de agosto es un feriado nacional en todo el Perú desde 2022, año en que se promulgó la Ley N.° 31530 que lo incorporó al calendario oficial. La fecha recuerda la Batalla de Junín, librada el 6 de agosto de 1824 en la pampa de Junín, uno de los enfrentamientos decisivos en el proceso de independencia del país y de América del Sur.
En esa acción militar, el ejército patriota liderado por Simón Bolívar se enfrentó a las fuerzas realistas. Cuando el combate parecía inclinarse a favor del ejército español, una carga de los Húsares del Perú —posteriormente conocidos como Húsares de Junín— cambió el rumbo de la batalla y fortaleció la campaña independentista que culminaría meses después con la victoria patriota en la Batalla de Ayacucho.
Más allá de representar una jornada de descanso para miles de trabajadores, el feriado genera dudas sobre los derechos laborales de quienes deban prestar servicios ese día. La legislación peruana establece que quienes trabajen el 6 de agosto y no reciban un descanso compensatorio tienen derecho a percibir un pago adicional por la labor realizada.
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El Decreto Legislativo N.° 713 regula los derechos laborales durante los feriados nacionales. Si un trabajador presta servicios el 6 de agosto y no recibe un descanso sustitutorio, le corresponde una remuneración equivalente al triple de su pago diario. Ese monto se desglosa en tres conceptos: la remuneración del feriado, el pago por el trabajo realizado ese día y una sobretasa del 100 % de la remuneración diaria. En cambio, si el empleador otorga un descanso compensatorio en otra fecha, no procede el pago adicional.
La norma que declara esta fecha como feriado establece que es un día no laborable con goce de haber tanto para el sector público como para el privado. Además, encarga a los ministerios de Educación, Cultura y Defensa promover actividades que difundan la importancia histórica de la Batalla de Junín.
Ante el incumplimiento del pago estipulado por la legislación vigente, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Será esa entidad la que evalúe el caso y, de corresponder, adopte las medidas previstas por la normativa laboral.
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