La presidenta Keiko Fujimori se refirió a la resolución del Tribunal Constitucional (TC) que declaró fundada una demanda de habeas corpus y anuló la condena de 15 años de prisión contra el expresidente Ollanta Humala. El fallo también ordenó el archivo definitivo del proceso por lavado de activos vinculado a los aportes de campaña de 2006 y 2011.
"Vivimos en un Estado de derecho. Y cuando se vive en un Estado de derecho, se tienen que respetar las resoluciones, nos guste o no nos guste", señaló vía Exitosa. En esa línea, la mandataria sostuvo que, aunque pueda discrepar con la decisión, corresponde acatarla.
Fujimori recordó su propia experiencia judicial a finales de octubre de 2018, cuando fue privada de su libertad por lavado de activos y organización criminal dentro de su partido Fuerza Popular. "A mí, en lo personal, en el pasado, hace cerca de 8 años atrás, me tocó una resolución que fue dolorosísima. Me privaron de mi libertad. Y luego, a través de mi defensa legal, pudimos ganar cada una de estas resoluciones en las que yo no estaba de acuerdo. Entonces, en esta resolución, yo puedo discrepar, pero me corresponde respetarla", dijo la presidenta.
La decisión del Tribunal Constitucional de anular por completo el proceso penal y la condena de 15 años de cárcel contra Ollanta Humala, por los aportes a sus campañas de 2006 y 2011, no fue unánime. Los magistrados Luz Pacheco Zerga y Manuel Monteagudo Valdez señalaron que el recurso presentado a favor del exmandatario debía ser declarado improcedente.
Para Monteagudo, la defensa de Humala ya había interpuesto un recurso de apelación ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional que todavía estaba en trámite, por lo que esa era la vía correcta para discutir sus reclamos. “Considero que el medio impugnatorio interpuesto ante la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional es un recurso que puede revertir una resolución que, según el demandante, le resulta adversa”, sostuvo.
El tribunal basó su fallo en que la justicia investigó y condenó al exmandatario por recibir dinero ilícito aplicando una ley de lavado de activos que aún no existía en la época de las elecciones. La modalidad legal para castigar ese tipo de actos recién se creó en noviembre de 2016, por lo que aplicarla a hechos pasados fue incorrecto y vulneró las normas constitucionales.
Tras conocerse la medida, que también impacta en la situación de los coacusados del caso, Keiko Fujimori cuestionó el desempeño del Ministerio Público. “Hay que analizar los temas de fondo, pero parecería, en todo caso, que el Ministerio Público no ha hecho un buen trabajo. Y por eso el Tribunal Constitucional ha tomado esta decisión”, indicó la lideresa de Fuerza Popular.
Para Pacheco, la resolución que resuelve la excepción de improcedencia de acción “en sí misma, no constituye el pronunciamiento judicial que coarte el derecho a la libertad personal del procesado”. En esa línea, precisó que la reclusión de Humala responde a una sentencia condenatoria posterior y no a dicho trámite. Además, advirtió que la postura de la mayoría “estaría desnaturalizando al proceso de habeas corpus, contradiciendo la jurisprudencia acumulada a lo largo de los años”, lo que abriría la puerta a que otros investigados acudan de forma adelantada al tribunal para cuestionar sus procesos, en lugar de emplear los mecanismos ordinarios.
En tanto, Fujimori consideró que el Tribunal Constitucional no debe intervenir en las decisiones que corresponden a jueces o fiscales durante los juicios. “Estimo que no corresponde que la justicia constitucional reevalúe este criterio de la autoridad jurisdiccional, ya que no solo se relaciona con la forma en que esta entidad evalúa el trámite del proceso penal, sino que, además, sustituye su apreciación”, manifestó. La lideresa de Fuerza Popular sostuvo que las resoluciones sobre excepciones de improcedencia de acción no afectan de forma directa la libertad personal, criterio que coincide con el expuesto por Pacheco.
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