La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Arequipa ratificó en segunda instancia administrativa la sanción impuesta al Banco de Crédito del Perú (BCP) por vulnerar la privacidad de un cliente durante un proceso de cobranza. La multa asciende a 3,78 UIT, equivalente a S/20.790.

De acuerdo con la resolución, la entidad financiera envió notificaciones sobre las deudas del consumidor a un domicilio no autorizado, lo que permitió que terceras personas conocieran su situación financiera. Las cartas de cobranza estaban relacionadas con créditos hipotecarios y vehiculares del cliente.

La autoridad concluyó que esta práctica constituyó una infracción al artículo 62 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, norma que prohíbe revelar la condición de morosidad de un cliente a personas ajenas a la relación de consumo. El envío de las comunicaciones a un domicilio distinto al autorizado fue considerado un método abusivo de cobranza que atenta contra la privacidad del usuario.

La Comisión confirmó la responsabilidad administrativa del banco y mantuvo la sanción impuesta en primera instancia por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos. La decisión se tomó tras verificar que el BCP empleó métodos abusivos al remitir las notificaciones de deuda a un lugar donde terceros pudieron acceder a información sensible del consumidor.

La resolución del Indecopi establece que el banco vulneró las normas que protegen la privacidad durante los procesos de cobranza, al no respetar el domicilio autorizado por el cliente para recibir este tipo de comunicaciones.

La resolución que confirma la sanción corresponde a la Resolución Final N.º 352-2026/INDECOPI-AQP y es de carácter público. Además de la multa económica, el Indecopi ordenó como medida correctiva que el BCP se abstenga de enviar nuevas comunicaciones de cobranza al domicilio no autorizado y actualice sus sistemas con la dirección válida del consumidor. También se confirmó el pago de las costas y costos del procedimiento, así como la inscripción de la entidad financiera en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi.

La entidad señaló que las gestiones de cobranza deben respetar los derechos y la privacidad de los consumidores, evitando cualquier acción que permita a terceros conocer información sobre las deudas de un cliente. En esa línea, exhortó a la ciudadanía a denunciar prácticas de cobranza que revelen la situación financiera de los consumidores a personas ajenas o que utilicen mecanismos prohibidos por la normativa vigente.

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