La Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos —Sexto Despacho— presentó un recurso de apelación contra la resolución del juez Leodan Cristóbal Ayala que archivó el delito de asociación ilícita para el expresidente Ollanta Humala, su esposa Nadine Heredia y un grupo de exministros, en el marco del caso Gasoducto Sur Peruano vinculado a Odebrecht. El magistrado, el pasado 3 de julio, declaró “fundada” la excepción de improcedencia de acción que la defensa del exministro Luis Miguel Castilla presentó el 19 de setiembre de 2025, solicitando el “sobreseimiento” o “archivo” del delito a favor de su patrocinado. Los efectos de esa decisión se extendieron a Humala, Heredia y los demás exministros implicados, ordenando también archivar el delito que el Ministerio Público les atribuye.

Ahora, la Fiscalía sostiene que la resolución judicial contiene una interpretación incorrecta del artículo 7 del Código Penal, al aplicar de manera retroactiva una definición legal. Además, alega que existe “un vicio trascendental en la debida motivación de las decisiones judiciales” y que se vulnera el principio implícito de seguridad jurídica. Por ello, el ente fiscal solicitó que se revoque el archivo dispuesto y se continúe con el proceso penal contra los investigados.

La Fiscalía solicita que la instancia superior revoque la resolución impugnada y, reformándola, declare infundada la excepción de improcedencia de acción. De manera accesoria, pide que se anule la resolución apelada y se emita un nuevo pronunciamiento. El pedido fiscal apunta a revertir el archivo del delito de asociación ilícita contra Ollanta Humala y Nadine Heredia. Por su parte, el expresidente y su esposa también presentaron recursos de apelación, pero para cuestionar el extremo que los mantiene vinculados al proceso respecto al “objeto civil”. Específicamente, objetan que sigan sujetos a la eventual determinación del pago de una reparación civil por los presuntos daños derivados del delito de asociación ilícita en agravio del Estado. La decisión del juez Leodan Cristóbal Ayala se sustentó en el artículo 12.3 del Código Procesal Penal y en el Acuerdo Plenario N.° 4-2019. La defensa de Humala y Heredia sostiene que esa resolución vulnera el deber de motivación judicial, al presentar una motivación aparente o inexistente sobre la continuidad del objeto civil. Además, cuestiona que el juzgado de investigación preparatoria considerara que no podía pronunciarse sobre ese extremo. Por ello, la defensa pide que la instancia superior declare la nulidad de esa parte de la resolución apelada y ordene al juez emitir un nuevo pronunciamiento, al considerar que se vulneró el deber de motivación de las resoluciones judiciales. En paralelo, la Fiscalía insiste en que se revoque la excepción de improcedencia de acción y se reactive la investigación penal completa contra la pareja presidencial.

La fiscal Geovana Morí, del Equipo Especial para los casos Odebrecht y Lava Jato, solicitó 35 años de prisión para Ollanta Humala y Nadine Heredia por los presuntos delitos de asociación ilícita y colusión agravada en perjuicio del Estado peruano. Sin embargo, el juez Leodan Cristóbal Ayala declaró “fundada” la excepción de improcedencia de acción al aplicar la Ley N.° 32108, que exige que los denominados “delitos fin” del delito de organización criminal tengan una pena mínima superior a seis años de prisión. El magistrado consideró que esta norma también debía aplicarse a hechos ocurridos antes de su entrada en vigor, basándose en el principio de favorabilidad y la retroactividad benigna en materia penal.

Ante esa resolución, el juez Ayala resolvió el pasado 21 de julio “conceder” los tres recursos de apelación presentados y remitirlos a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional. Si esa instancia los admite a trámite, deberá programar una audiencia virtual con la participación de todas las partes procesales para evaluar los pedidos y emitir una decisión en los próximos días. Además, el juez dispuso reanudar la audiencia de control de la acusación fiscal por el caso Gasoducto Sur Peruano, donde se evaluarán las solicitudes de excepción de improcedencia de acción presentadas por los investigados, quienes buscan que se archive el delito de colusión agravada que el Ministerio Público también les atribuye en este proceso penal.

La fiscalía también solicitó penas de entre 9 y 35 años de prisión para otros 21 implicados, entre ellos los exministros Luis Miguel Castilla, Eleodoro Mayorga, René Cornejo y Carlos Paredes, además del exsuperintendente de Odebrecht en el Perú, Jorge Barata. En el mismo proceso penal, tres empresas fueron incluidas como terceros civilmente responsables. Previamente, el 15 de abril de 2025, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional condenó al expresidente Ollanta Humala y a Nadine Heredia a 15 años de prisión por lavado de activos en agravio del Estado, debido a los presuntos aportes ilícitos que habrían financiado sus campañas presidenciales de 2006 y 2011. Actualmente, Humala cumple su condena en el Establecimiento Penitenciario Barbadillo, en Ate, mientras que Heredia reside en Brasil, donde recibió asilo por parte del Gobierno de ese país.

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