Tras los feriados por Fiestas Patrias del 28 y 29 de julio, muchos trabajadores se preguntan si el jueves 30 y viernes 31 de julio también serán días de descanso para formar un nuevo "puente". La respuesta es clara: ninguna de estas fechas ha sido declarada feriado nacional ni día no laborable por el Gobierno. Así lo establece el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, que solo comprende el lunes 27 de julio como día no laborable para el sector público y los feriados nacionales del 28 y 29 de julio. Por ello, las actividades se reanudan con normalidad desde el jueves 30.
El 30 y 31 de julio de 2026 son días laborables tanto para el sector público como para el sector privado. No existe un nuevo feriado nacional ni se ha decretado un día no laborable para esas fechas. Las entidades públicas retomarán sus actividades habituales desde el jueves 30 de julio, mientras que las empresas privadas también deberán operar con normalidad, salvo que otorguen permisos o beneficios internos.
El próximo feriado nacional en Perú será el 6 de agosto, por la Batalla de Junín. Las actividades laborales se reanudan normalmente el 30 de julio, tanto para el sector público como privado.
Próximo feriado nacional y descansos por Fiestas Patrias
Tras los feriados por Fiestas Patrias, el siguiente feriado nacional en el calendario peruano será el miércoles 6 de agosto, con motivo de la Batalla de Junín. Hasta el momento, el Gobierno no ha anunciado días no laborables adicionales que permitan extender ese descanso.
El descanso oficial por Fiestas Patrias quedó distribuido de la siguiente manera: el sábado 25 y domingo 26 de julio fueron descanso habitual por fin de semana; el lunes 27 de julio fue un día no laborable compensable para los trabajadores del sector público; y el martes 28 y miércoles 29 de julio fueron feriados nacionales. En el caso del 27 de julio, los trabajadores del Estado descansaron de manera obligatoria, pero deberán recuperar posteriormente las horas no laboradas, conforme a lo establecido en la norma. Para el sector privado, ese día solo fue aplicable previo acuerdo entre empleador y trabajador.
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