Una ley aprobada por el Congreso establece plazos máximos para que el pago de una deuda se refleje en las centrales de riesgo como Infocorp o Equifax. Desde que el deudor cancela su obligación, el proceso completo —que incluye el reporte de la entidad financiera a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y la actualización en los burós de crédito— tomará 16 días hábiles en total.
Según la norma, la entidad financiera tiene siete días hábiles para informar a la SBS sobre el pago de la deuda. Luego, la superintendencia dispone de otros siete días hábiles para reportar esa regularización a las empresas del sistema financiero y a las centrales de riesgo privadas. Una vez que la central de riesgo recibe la información, el consumidor tiene derecho a que su registro se actualice en no menos de dos días hábiles.
Antes de esta ley, no existía un plazo límite para que las entidades financieras comunicaran a la SBS la cancelación de una deuda morosa. “Si yo regularizaba mi situación (de atraso), podría tomarme hasta dos meses (hasta que se incorporara esa información en la central de riesgo)”, detalló a Gestión Luis Miguel Garrido, asociado senior del estudio Rubio Leguía Normand.
Garrido consideró que es positivo agilizar estos procesos, pues al figurar como moroso en la central de riesgo el deudor no puede, por ejemplo, abrir una cuenta bancaria o acceder a un nuevo préstamo. Por su parte, Jorge Delgado, presidente de la Asociación Latinoamericana de Microfinanzas (Alami), afirmó: “(La norma) beneficia a los clientes, a las instituciones (financieras) y la SBS, porque (el envío de la información) se hace mucho más dinámico y actualizado”. Añadió que la regulación es positiva en la medida en que todos los involucrados puedan colaborar y permitir que la información fluya en un mismo sentido, de corregir la situación crediticia del usuario.
Costos
Un aspecto negativo de la nueva ley, pese a sus ventajas, es que puede generar una carga administrativa “muy alta” en las instituciones financieras, lo que “puede impactar en la calidad de información que se brinda al público en general”, según Garrido. Por ello, consideró que los mayores costos operativos podrían trasladarse a los usuarios vía tasas de interés o comisiones más onerosas. Sin embargo, Álvaro Castro, socio de Damma Legal Advisors, cuestionó que esto deba generar mayor preocupación. “Creo que ya existe tecnología, que no debería ser extremadamente cara, para que pueda comenzar a incorporarse cierto nivel de automatización (en las entidades bancarias). De esa manera, la información sobre un préstamo se podría reflejar efectivamente en plazos más cortos en las centrales de riesgo (como exige la nueva regulación)”, sostuvo.
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Bancos no actuarán de oficio
Los nuevos procesos de saneamiento de deudas deberán iniciarse a solicitud del cliente, según Álvaro Castro, de Damma Legal Advisors. Es decir, ni el banco ni la SBS actuarán de oficio, sino que debe pedirlo el interesado. “Lo que sí es de oficio es que la empresa del sistema financiero, luego de la solicitud del cliente, le debe informar a la SBS (en un máximo siete días hábiles). Todo lo demás lo tiene que dinamizar el propio usuario”, enfatizó. Además, la entidad financiera deberá emitir y poner a disposición del usuario una constancia de regularización de deuda en un periodo de siete días hábiles desde que lo solicita el consumidor, según la nueva norma.
Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.
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