El Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional decidió no ejecutar por ahora la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anuló la orden de prisión preventiva de 24 meses dictada contra Vladimir Cerrón, en el marco del caso por presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de Perú Libre.

El juez Leodan Cristóbal Ayala declaró que el fallo del TC es “materialmente inejecutable” debido a que aún están vigentes dos resoluciones judiciales posteriores que sustentan la medida coercitiva y las requisitorias policiales contra el líder de Perú Libre. Se trata de la resolución N.° 6, del 4 de diciembre de 2025, que declaró infundado el pedido para variar la prisión preventiva por comparecencia restringida, y la resolución N.° 4, del 7 de enero de 2026, con la que la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó esa decisión.

El magistrado recordó que el TC anuló las dos resoluciones que rechazaron cambiar la medida cautelar y, “por conexión”, las dos resoluciones previas: la que impuso la prisión preventiva y la que la confirmó. Sin embargo, advirtió que el fallo no incluyó las dos resoluciones posteriores, que hoy continúan vigentes. Sobre este punto, citó el voto singular de la magistrada Luz Pacheco, quien sostuvo que “no es posible pronunciarse sobre estas últimas resoluciones, en tanto no han sido objeto de análisis en el presente proceso constitucional”.

Asimismo, el juez señaló que emitir un fallo “extrapetita”, sin evaluar dichas resoluciones ni escuchar los descargos de la parte demandada, vulnera el derecho de defensa. Frente a ello, dispuso elevar el expediente al TC para que aclare los efectos de su sentencia. Precisó que una vez que el TC responda el pedido, el juzgado ejecutará “sin más trámite” lo que disponga la justicia constitucional.

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