El Ejecutivo, a través de un proyecto de ley presentado al Congreso el último 20 de julio, busca otorgarle a la Autoridad Portuaria Nacional (APN) la facultad de ejecutar coactivamente el cobro de multas y otras obligaciones administrativas. La iniciativa, impulsada por el Gobierno de Balcázar, apunta a resolver un problema que la propia APN identificó en su documento "Agenda Temprana", aprobado por su directorio en enero de este año.
Según el proyecto, desde que está vigente la Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), han prescrito 35 multas que suman S/ 1,538 millones que el Estado peruano dejó de percibir. La APN no pudo exigir esos montos por falta de herramientas legales. La propuesta busca cerrar esa brecha y empoderar a la entidad para que pueda recuperar esos recursos.
La medida, que se suma a otra iniciativa del Ejecutivo para prohibir importaciones vinculadas al trabajo forzado, plantea interrogantes sobre su alcance. ¿Aplicará a puertos con una naturaleza particular como el de Chancay? La respuesta aún está por definirse, pero el objetivo central es claro: que la APN tenga más capacidad de acción frente a las deudas administrativas.
Tanto Gonzalo Bernal, socio de Echecopar, como Rafael Zacnich, gerente de Estudios Económicos de ComexPerú, coincidieron en que la idea del proyecto es válida, aunque consideraron que podría mejorarse. Bernal recordó que la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva ya habilita a entidades públicas a ejercer cobranzas si un dispositivo legal lo permite, pero advirtió que aplicar la norma general sin ajustes conlleva riesgos. “Estoy de acuerdo con el cambio, pero hay riesgos y potencial afectación al debido proceso si se aplica solo como la norma general. El principal sería aplicar la cobranza coactiva sobre deudas no firmes o generar conflictos con la inversión privada por presionar excesivamente a operadores logísticos”, señaló. Por ello, propuso que el Congreso añada “salvaguardas” que limiten el campo de acción de la cobranza coactiva, visión que comparten en ComexPerú.
Zacnich, por su parte, consideró que la propuesta “parece razonable”, pero subrayó la necesidad de revisar que no choque con los acuerdos de facilitación de comercio vigentes. “La APN tiene la capacidad técnica y ha aportado mucho, pero el proyecto debería contener el análisis de cómo la acción coactiva no incrementará la carga administrativa de los operadores o generará retrasos en la operatividad portuaria. Eso afectaría la competitividad”, recalcó. Ambos expertos coincidieron en que, si bien la iniciativa es válida, requiere ajustes para evitar perjuicios al debido proceso y a la inversión privada.
El proyecto de ley no responde directamente si la APN podrá exigir el cobro coactivo a Cosco Shipping, operadora del puerto de Chancay, o si influye que este sea un puerto privado de uso público y no una concesión. Sin embargo, al revisarlo se observó que se cita el Reglamento del Régimen General de Infracciones y Sanciones para la Actividad Portuaria (RRGISAP), que sí es aplicable a toda persona natural, jurídica, nacional o extranjera que realice actividad o servicios portuarios en Perú.
Como es conocido, Cosco Shipping irá al Tribunal Constitucional (TC) luego de que el Poder Judicial ratificara que Ositrán sí puede supervisarlo y, de ser el caso, sancionarlo. Lo que la empresa china nunca cuestionó fue el rol de la APN en su actividad. Aparte de ser la entidad que le otorgó la habilitación portuaria, fue una de las instituciones que el propio Cosco listó en un comunicado para justificar que, sin Ositrán detrás, el Estado peruano sí auditará su accionar.
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