La Federación Nacional de Sindicatos de Organismos Reguladores (FENASOR) alertó que se estaría afectando gravemente las funciones de supervisión técnica de los contratos de concesión en el país. Esto, luego de que la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso aprobara, el pasado 1 de julio, el Dictamen del Proyecto de Ley 14799/2025-PE, que incorpora la Trigésima Quinta Disposición Complementaria Final.

Dicha disposición deja sin efecto, de manera inmediata, la exigencia de opinión previa —tanto vinculante como no vinculante— de los Organismos Reguladores para los proyectos bajo la modalidad de Asociaciones Público-Privadas (APP) y Proyectos en Activos regulados por la Ley 32441. De aprobarse en el Pleno, los ministerios sectoriales ya no estarán obligados a solicitar evaluaciones técnicas a entes como OSINERGMIN, OSIPTEL, OSITRAN y SUNASS. En su lugar, la responsabilidad de evaluar dichos contratos y sus adendas recaerá únicamente en PROINVERSIÓN, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y los ministerios del sector correspondiente.

“Los Organismos Reguladores cumplen un rol fundamental en la evaluación técnica especializada de los contratos de concesión y sus modificaciones, contribuyendo al fortalecimiento de la transparencia, la sostenibilidad de los proyectos y la protección del interés público. Sus opiniones constituyen un insumo técnico relevante para la toma de decisiones de las entidades competentes”, sostuvo el sindicato.

La FENASOR advierte que, al tratarse de entidades dependientes del Poder Ejecutivo, estas carecen de la autonomía e independencia que caracteriza a los reguladores autónomos. “Esto generaría un escenario de absoluta discrecionalidad en las negociaciones entre el Estado y las empresas privadas, desprotegiendo el interés público”, apuntó.

Organismos reguladores. Composición diario Gestión.

“Esta medida desmantela el sistema de contrapesos técnicos en las concesiones. Al dejar la evaluación de los contratos exclusivamente en manos de ministerios y de PROINVERSIÓN, se elimina la mirada independiente de los reguladores y se abre la puerta a decisiones absolutamente discrecionales que ponen en riesgo los recursos de todos los peruanos”, manifestó el FENASOR.

La Federación expresó su profunda sorpresa y preocupación por el silencio de las altas direcciones de los propios organismos reguladores ante este adverso escenario. Resulta incomprensible, señalaron, que los presidentes de estas instituciones no hayan emitido pronunciamiento alguno en resguardo de sus facultades legales, permitiendo así el menoscabo pasivo de su institucionalidad. Como ejemplo del riesgo técnico e institucional que implicaría la norma cuestionada, los trabajadores de la FENASOR recordaron que en enero de 2026 Osinergmin emitió una opinión técnica en contra de la Adenda de Cálidda, que busca ampliar la concesión por 10 años. En esa evaluación, el regulador detectó una inclusión injustificada de aproximadamente 800 millones de dólares a favor de la empresa. “Lo ocurrido con Osinergmin en enero demuestra por qué la opinión reguladora es indispensable. Si esta norma hubiera estado vigente, la adenda que pretendía inflar injustificadamente en 800 millones de dólares el plan de una concesionaria habría pasado bajo la mesa, sin dejar rastro ni evidencia para la opinión pública”, enfatizó el vocero sindical. De haber estado vigente la norma propuesta, no habría quedado ningún registro ni evidencia de dicho cuestionamiento técnico para conocimiento de la ciudadanía y las autoridades. Frente a esta situación, los trabajadores de la FENASOR exigieron el respeto irrestricto a las facultades de las instituciones reguladoras. Asimismo, solicitaron formalmente la intervención inmediata de la Comisión de Fiscalización del Congreso y de la Contraloría General de la República para frenar un retroceso que, advierten, debilita la transparencia en las inversiones del Estado.

Leer artículo completo en gestion.pe →