Las críticas contra el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, por pedir al presidente José María Balcázar que entregue la banda presidencial un día antes de la juramentación de Keiko Fujimori, no cesan. Las constitucionalistas Ana Lucía Puente y María Antonieta Gonzáles señalaron a La República que esta acción carece de sustento en los artículos de la Constitución y advirtieron que "como antecedente, es pésimo".
Según Puente, el artículo 116 de la Constitución establece que el presidente electo presta juramento de ley y asume el cargo ante el Congreso el 28 de julio, en este caso de 2026. La especialista recordó que en el pasado ya se han presentado situaciones en las que mandatarios que asumieron el cargo por sucesión constitucional fueron quienes entregaron la banda presidencial. "Esta situación se ha repetido también con presidentes que han asumido la Presidencia de forma 'interina' (por sucesión constitucional) hasta realizar elecciones, como ocurrió con el expresidente Valentín Paniagua", indicó.
Las especialistas sostienen que la Constitución no deja un vacío de poder y que el mandato presidencial concluye recién el 28 de julio, independientemente de quién ocupe el cargo. Puente agregó que no solo llama la atención la solicitud en sí misma por su cuestionamiento de constitucionalidad, sino también la persona que la realiza, ya que "el presidente del Congreso no tiene la facultad de formular este tipo de pedidos, de acuerdo con la Ley Orgánica y el Reglamento del Congreso, lo cual responde al principio de separación de poderes".
La constitucionalista Gonzáles precisó que el artículo 112 de la Constitución señala que el mandato presidencial dura cinco años: del 28 de julio de 2021 al 28 de julio de 2026. Subrayó que ese periodo corresponde al cargo, no a la persona que lo ocupa en un momento dado. "No es que haya un presidente a medias, sino que Balcázar, al ser presidente del Congreso, de acuerdo con la misma Constitución, pasa a ser presidente por sucesión constitucional. Entonces, las funciones que ejerce Balcázar corresponden al cargo desde que asume esa sucesión constitucional", explicó. Para Puente, la petición de Rospigliosi no solo es cuestionable por su posible falta de constitucionalidad, sino también porque proviene del presidente del Congreso, quien —según sostuvo— carece de atribuciones para hacer este tipo de requerimientos. "El presidente Balcázar es actualmente presidente de la República en virtud de su condición de presidente del Congreso. Ello no implica que se encuentre subordinado a lo que el presidente del Congreso determine como titular de este órgano constitucional al que él formalmente aún pertenece", agregó. Gonzáles insistió en que, si se hace "una revisión sistemática y unificada de la Constitución, no hay un vacío legal". Advirtió que aceptar lo que pedía Rospigliosi en su documento —que entregue la banda porque ya terminó su mandato— "generaría un vacío de poder que la Constitución no contempla. La Constitución es clara: el mandato concluye el 28 de julio". Puente concluyó que, desde su opinión jurídica, "esta situación inédita no se ajusta a la Constitución ni a la ley y desconoce, como debemos recordar, que las instituciones públicas deben acogerse al principio de legalidad y respetar los mandatos constitucionales y legales establecidos, en este caso, para la transferencia del mando".
La constitucionalista también se refirió al oficio que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, remitió a José María Balcázar. En el documento, recibido en Palacio de Gobierno el 22 de julio según el sello de ingreso del Despacho Presidencial, Rospigliosi le exige al mandatario culminar su mandato el domingo 26 de julio y presentarse el 27 de julio, a las 9.00 a. m., ante la Presidencia del Parlamento para entregar la banda presidencial. Gonzáles cuestionó estas acciones y recordó un antecedente similar: durante la ceremonia de juramentación del 28 de julio de 2021, se impidió que Francisco Sagasti entregara la banda presidencial al entonces presidente electo, Pedro Castillo. "No hay una razón ni legal ni constitucional para haber hecho eso. (…) Como antecedente es pésimo. En el caso de Sagasti, me parece que fue un muy mal precedente negar a un presidente la posibilidad de entregar la banda presidencial, tal como lo establece la Constitución", señaló. La especialista vinculó ese precedente con el Congreso actual: "Ese precedente lo estableció este Congreso, el mismo Congreso que ha sido el peor valorado por la ciudadanía, el que ha atravesado mayores crisis de legitimidad y que hoy le dice al actual presidente: 'No, tú no puedes entregar la banda'". De esta forma, la constitucionalista calificó el pedido de Rospigliosi como un mal antecedente que repite errores del pasado, sin sustento constitucional ni legal.
El presidente José María Balcázar, en un oficio remitido al Congreso un día antes, pidió las facilidades para entregar la banda presidencial el 28 de julio. "De esta manera, y en salvaguarda de la institucionalidad democrática del país, solicito se establezcan las disposiciones pertinentes, a fin de garantizar el normal desarrollo del acto de investidura presidencial el día 28 de julio de 2026", señala el documento del mandatario.
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