El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anunció que, desde el próximo mes, empezará a sancionar a los motociclistas y sus acompañantes que no utilicen chalecos distintivos ni cascos de seguridad que cumplan con las especificaciones técnicas exigidas. Las multas se aplicarán de forma progresiva y se concentrarán inicialmente en las zonas declaradas en estado de emergencia por orden interno, medida que estará vigente hasta el 18 de abril de 2025.

A partir del 17 de noviembre, las sanciones por no portar el chaleco distintivo regirán únicamente en esas áreas declaradas en emergencia. En cuanto al casco de seguridad, las multas comenzarán el 18 de noviembre en las mismas zonas y se extenderán a nivel nacional desde el 18 de diciembre de 2025. El MTC recordó que el estado de emergencia por orden interno es una excepción adoptada por el Gobierno cuando la seguridad ciudadana y la paz social están gravemente afectadas, por lo que la fiscalización arrancará en esos puntos críticos.

Las infracciones vinculadas al chaleco distintivo están tipificadas con los códigos G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad de la placa consignada en el chaleco). En ambos casos, la multa es de S/ 428 (8% de la UIT), se suman 20 puntos al récord del conductor y se retiene el vehículo. Respecto al uso del casco, los conductores y acompañantes deberán portar cascos certificados; si la moto no cuenta con protector cortaviento o parabrisas, el conductor deberá usar anteojos protectores transparentes. La sanción por incumplir esta disposición también asciende a S/ 428, pero se agregan 40 puntos al récord del conductor y se retiene la motocicleta.

El MTC enfatizó que estos implementos deben cumplir con las especificaciones técnicas establecidas mediante Resolución Directoral, con el objetivo de reforzar la seguridad vial y reducir los accidentes de tránsito que involucran motociclistas.

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