Los trabajadores del régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) ya pueden acceder al pago de gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, tras la entrada en vigencia de la Ley 32732 de crédito suplementario. La norma establece que el monto de la gratificación y de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) no podrá ser inferior a S/ 300. Para el cálculo de la CTS, se considerará el tiempo de servicios acumulado desde el inicio del contrato vigente.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será el encargado de definir, mediante un decreto supremo, la forma de cálculo, las condiciones y las disposiciones para la entrega de estos beneficios. Estas disposiciones estarán sujetas a la disponibilidad presupuestal y al cumplimiento de las reglas fiscales. En cuanto al financiamiento, las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales podrán cubrir los pagos con los recursos autorizados por la propia ley, mientras que los gobiernos locales deberán asumir el costo con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales.

La ley también mantiene el derecho de los trabajadores CAS a 30 días calendario de vacaciones remuneradas por cada año de servicios. Si el contrato se termina antes de completar un año de labores, el trabajador podrá recibir una compensación vacacional proporcional. Dicha compensación se calculará por dozavos y treintavos, siempre que el empleado haya prestado sus servicios durante, al menos, un mes ininterrumpido en la entidad.

El límite de edad para la extinción del contrato de los trabajadores CAS se fija en 70 años, aunque quien alcance esa edad podrá continuar laborando hasta el 31 de diciembre del mismo año, cuando se producirá el cese. En cuanto a los contratos, las nuevas prórrogas o renovaciones de los trabajador público CAS transitorios podrán extenderse por un plazo máximo de cinco años, contados desde la publicación de la Ley 32563, siempre que la entidad cuente con financiamiento que garantice su sostenibilidad presupuestaria.

Además, la ley autoriza por única vez en 2026 una bonificación extraordinaria de S/ 750 para el personal del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), incluidos los trabajadores CAS. Este beneficio será para quienes figuren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 31 de diciembre de 2025 y también a la fecha de entrada en vigencia de la norma. El pago tendrá carácter no remunerativo, no pensionable y no estará sujeto a cargas sociales.

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