La Primera Sala Constitucional de Lima declaró improcedente el hábeas corpus presentado por la defensa del expresidente Martín Vizcarra, por lo que este continuará recluido en el penal de Barbadillo. El recurso buscaba dejar sin efecto la ejecución provisional de la condena de 14 años de prisión que cumple por el delito de cohecho pasivo propio.

La resolución fue emitida el 14 de julio y revocó el fallo que la jueza constitucional Rocío Rabines había dictado el 1 de abril. Aquella decisión previa había dejado sin efecto una resolución de la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que anteriormente rechazó el pedido para suspender la ejecución de la condena mientras se resolvía la apelación.

Fuente: RPP.

La Sala Constitucional concluyó que el hábeas corpus no cumplía con el requisito legal de firmeza, ya que cuando fue presentado en diciembre de 2025 aún estaba pendiente de resolverse la solicitud de suspensión de la condena en la vía penal ordinaria. No obstante, precisó que, tras la decisión definitiva emitida posteriormente por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, la defensa queda habilitada para presentar una nueva demanda constitucional si lo considera pertinente. De esta forma, el internamiento de Vizcarra se mantiene vigente mientras continúa el trámite de la apelación contra la sentencia.

Los jueces superiores Luciano Cueva, David Suárez e Iván Cabrera votaron a favor de la resolución que rechazó el hábeas corpus, mientras que los magistrados Andrés Tapia y Oswaldo Ordóñez quedaron en minoría al plantear confirmar el fallo de primera instancia. La condena de 14 años de prisión contra Martín Vizcarra fue dictada el 26 de noviembre de 2025 por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, que determinó que recibió 2,3 millones de soles en sobornos de dos consorcios empresariales para favorecer la adjudicación de los proyectos Lomas de Ilo y el Hospital Regional de Moquegua durante su gestión como gobernador regional.

De forma paralela, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional programó para el jueves 20 de agosto, a las 11:00 de la mañana, una audiencia virtual en la que evaluará el recurso presentado para dejar sin efecto la condena. Este procedimiento se desarrollará de manera independiente al proceso constitucional resuelto por la Sala.

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