El Gobierno aprobó una bonificación extraordinaria de S/487 para docentes y auxiliares de educación, tanto nombrados como contratados, que laboran en instituciones educativas públicas. El beneficio, establecido en la Ley N.° 32732, se entregará de manera excepcional y por única vez durante el año fiscal 2026. La norma fue publicada el domingo 19 de julio en la Separata de Normas Legales de El Peruano y forma parte de los Créditos Suplementarios para el Financiamiento de Inversiones Públicas Orientadas al Cierre de Brechas y la continuidad de los Servicios del Estado.
El pago no tendrá naturaleza remunerativa ni pensionable, por lo que no estará sujeto a cargas sociales ni servirá como base para el cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS) ni para otros beneficios laborales. Así lo detalla el artículo 6 de la mencionada ley, que regula la entrega de esta contribución al sector educativo.
Para acceder al bono, el personal debe cumplir con ciertos requisitos y su labor debe estar comprendida en el marco de normas específicas. El beneficio está destinado a docentes y auxiliares comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.° 29944), la Ley N.° 30328 y la Ley N.° 30493 que trabajan en instituciones de educación básica y técnico-productiva de Lima Metropolitana y de los gobiernos regionales. También se considera a los docentes de colegios administrados por los ministerios de Defensa e Interior.
Requisitos para acceder al bono de S/487 destinado a docentes y auxiliares en el 2026
En principio, la norma explica que este beneficio está destinado a docentes y auxiliares comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial (Ley N.° 29944), la Ley N.° 30328 y la Ley N.° 30493 que laboran en instituciones educativas de educación básica y técnico-productiva de Lima Metropolitana y de los gobiernos regionales. También se consideran a los docentes de colegios administrados por los ministerios de Defensa e Interior.
El pago del bono extraordinario de S/487 para docentes y auxiliares estará a cargo del Ministerio de Educación, el Ministerio de Defensa, el Ministerio del Interior y los gobiernos regionales, según lo establece la Ley N.° 32732. Para financiar este beneficio, se autoriza un presupuesto de hasta S/211.823.085. Estas entidades quedan exceptuadas de las restricciones previstas en el artículo 6 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con el objetivo de ejecutar el pago. Para acceder a la bonificación, el personal docente debe cumplir tres requisitos: mantener vínculo laboral vigente al momento del pago; estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 31 de diciembre de 2024; y contar con un registro activo en el AIRHSP al entrar en vigencia esta ley. La normativa considera como labor efectiva a quienes, al 31 de diciembre de 2024, se encontraban de vacaciones o con licencia con goce de remuneraciones. Además, se precisa que los docentes y auxiliares de educación recibirán la bonificación extraordinaria en una sola entidad pública.
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