La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) también tomó la misma medida contra la Sociedad Administradora de Fondos (SAF) de Diviso. La decisión se sustentó en la falta de solvencia económica de los ocho accionistas que concentraban el 71% del capital social de la empresa.

Previamente, en mayo del año pasado, Diviso Grupo Financiero había aprobado la transferencia total de sus acciones, tanto de Diviso SAB como de Diviso SAF, en favor de terceros que, finalmente, eran trabajadores y directores de la propia firma.

La suspensión, establecida en julio por 30 días hábiles, ha sido prorrogada sucesivamente por la SMV desde entonces. Mientras dure esta medida, Diviso SAB no puede recibir nuevos inversionistas, ni promocionar productos, ni efectuar inversiones adicionales.

“No hay muchos casos como precedentes para tener en cuenta, pero no es una situación que se pueda ir prorrogando ilimitadamente en el tiempo”, opinó Emiliano Cáceres, gerente general de la Asociación de Sociedad Agentes de Bolsa Perú (ASAB). En ese sentido, consideró que debería haber una resolución final por parte de la SMV en el primer semestre del año, o incluso en este primer trimestre. Además, explicó que en estos casos los clientes de la SAB tienen el derecho a solicitar su traslado a otra corredora.

Diviso SAB no puede recibir nuevos inversionistas, por estar suspendida por la SMV. (Foto: Andina).

El especialista Cáceres explicó que la transferencia de activos en custodia —como acciones, bonos u otros papeles— debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas; de lo contrario, se cometería una falta grave. “Muchos clientes lo que hacen en estas situaciones es migrar sus activos en custodia a otra casa de bolsa”, señaló. “Entonces, la otra sociedad que sí tiene su licencia habilitada recibe la custodia (de los activos en cuestión) y la persona se convierte en su cliente. De otro modo, el inversionista estaría cautivo y no podría operar”, añadió.

Sobre el perfil de los afectados, Cáceres estimó que “(Creo que) la mayoría de clientes que opera frecuentemente ya debe haberse ido (de Diviso) a otra casa de bolsa porque ellos tienen la necesidad de seguir operando. Pero los clientes que tienen posiciones a largo plazo, que eventualmente no han estado activos, no necesariamente se han movido todavía”.

En cuanto a la situación de la SAB, Cáceres recordó que hubo algún caso de revocación de licencia hace algunos años, pero precisó que el problema de Diviso es distinto. “En el caso de Diviso no hay una intervención propiamente. Es una discusión sobre si los nuevos accionistas pueden o no reunir los elementos que la SMV considera necesarios como para que se hagan cargo del agente de intermediación”, sostuvo. Así, consideró que, si se determinara que los nuevos accionistas cumplen con los requisitos de solvencia patrimonial, Diviso podría volver a operar. “Si revisas cualquier mercado, no tienes intermediarios suspendidos. No es una excelente señal. Haciendo el paralelo, imagínate si se tuviera un banco suspendido en el sistema financiero”, manifestó.

La SMV revocó el 23 de enero la autorización de funcionamiento de Diviso SAF, pero aclaró que ello no exime a la compañía “del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el mercado de valores con anterioridad, ni a sus directores, gerentes, representantes o apoderados de la responsabilidad administrativa en que hubieren incurrido durante el funcionamiento de la referida sociedad administradora de fondos”. Un día antes, el 21 de enero, la entidad ya había dispuesto extender la suspensión de Diviso SAB por 60 días hábiles, según los hechos de importancia más recientes. Los fondos mutuos “Diviso Conservador Soles” y “Diviso Conservador Dólares” han ingresado a etapa de liquidación, según lo informado como hecho de importancia por Diviso Fondos. La resolución sobre la SAF no agota la vía administrativa, pues puede ser impugnada ante la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial. Gestión consultó a Diviso sobre las alternativas para superar la situación de la SAB, pero no obtuvo respuesta. Diviso SAB no puede promocionar productos, ni efectuar inversiones adicionales. (Foto: Cesar Salhuana Galarreta/ Diario Gestión) Economista con trayectoria en periodismo y medios digitales.

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