La controversia en torno al Concurso Nacional del Pisco 2025 no gira en torno a la calidad sensorial de la bebida bandera del Perú ni al trabajo de sus productores, sino a los límites de una competencia considerada como las “olimpiadas” del rubro, que retornó tras seis años de ausencia (su penúltima edición fue en 2019).
En una carta dirigida a Armando San Román, director de Desarrollo Productivo del Ministerio de la Producción (Produce), el gremio Ancopisco señala que la denominación de origen —requisito indispensable para participar— no habría sido considerada obligatoria en algunos casos. “Se ha podido advertir que entre los ganadores de medallas se encuentran concursantes que no cuentan con la debida autorización de uso de la Denominación de Origen Pisco, contemplada en el propio reglamento del concurso 2025 (art. 10 inciso a y 11 inciso b)”, señala el documento.
Para respaldar esta afirmación, Ancopisco cotejó la lista de campeones con el Listado alfabético de personas con autorización de uso de la Denominación de Origen Pisco, actualizado hasta el 6 de enero de 2026 por el Indecopi. Este diario replicó el ejercicio de verificación y constató que los nombres de los ganadores no figuran como titulares de la autorización en el registro vigente.
San Román, al ser consultado por la cartera ministerial, explicó que “existen cesiones de uso” y que “las bodegas tienen la autorización para usar denominación de origen, pero yo puedo ir y tener un contrato con la bodega, seguir sus protocolos y hacer mi propio destilado”. En esa línea, sostuvo: “Yo soy una marca que hace su producto en esa bodega y, por lo tanto, tengo el derecho a esa denominación de origen”. Puso como ejemplo a Gabriel de Paraíso S.C.R.L. (marca Campo de Encanto), que “tiene la denominación de origen de la Bodega Sarmiento y tiene un contrato que lo autoriza. Y, así, hay varios más”.
Esta figura jurídica, que implica la transferencia temporal del derecho para que otra persona lo utilice, es la que habrían empleado tanto Produce como los ganadores de esta edición del concurso. ¿Pero es correcto que la denominación de origen se habilite mediante una cesión de uso?
Gestión contactó a uno de los ganadores de la medalla Gran Oro, quien corroboró esta “modalidad” y señaló: “Si no se tiene la denominación de origen, uno puede usar el de una bodega”. La fuente confirmó que carece de la DO y, por razones de prudencia, su nombre permanecerá en reserva.
Comentarios 0
Súmate a la conversación
Tu comentario es anónimo, pero para evitar bots necesitamos que te registres. Es gratis y toma 30 segundos.
Crear cuenta para comentar Ya tengo cuenta