El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decidió dejar sin efecto la credencial que había otorgado a Rafael López Aliaga como senador electo del Congreso para el periodo 2026-2031. La medida se adoptó después de que el líder de Renovación Popular comunicara formalmente que no juramentaría ni asumiría el cargo antes de la instalación del nuevo Parlamento. En su lugar, el organismo electoral convocó a Absalón Vásquez Villanueva para que ocupe el escaño.

El JNE explicó que su decisión se fundamenta en una interpretación del marco constitucional y legal ante la ausencia de una regulación específica para situaciones en las que un candidato electo no completa el procedimiento de incorporación al cargo. La resolución N.° 1757-2026-JNE señala que la proclamación de un candidato electo reconoce la representación otorgada por la ciudadanía, pero no implica por sí sola el inicio del mandato parlamentario. El colegiado precisó que existen etapas diferenciadas entre la elección, la incorporación al cargo y el ejercicio de funciones dentro del Congreso.

El JNE indicó que esta interpretación considera las disposiciones de la Constitución, el Reglamento del Congreso y el Reglamento del Senado, normas que establecen efectos jurídicos distintos para cada fase del proceso parlamentario. “La competencia del JNE no se agota con la proclamación de resultados cuando subsisten controversias estrictamente electorales, cuya resolución resulta indispensable para asegurar la plena eficacia de la voluntad popular y la continuidad de la representación política”, señaló el pleno electoral. La resolución ya fue comunicada públicamente a través de las redes sociales del organismo.
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dejó sin efecto la credencial de Rafael López Aliaga como senador electo y convocó a Absalón Vásquez para que asuma el escaño durante el periodo legislativo 2026-2031. La decisión se tomó después de que el Congreso informara que López Aliaga comunicó su decisión de no jurar ni asumir el cargo. El organismo electoral precisó que la resolución no implica reconocer la renuncia a un mandato parlamentario, sino resolver un escenario previo a la incorporación al cargo.

La resolución también señala que el artículo 95 de la Constitución establece que el mandato legislativo es irrenunciable, pero considera que dicha disposición se aplica cuando el mandato ya se encuentra configurado. En este caso, el JNE sostuvo que la incorporación al cargo no llegó a completarse. La convocatoria a Vásquez, siguiente candidato de Renovación Popular según la votación preferencial obtenida en las elecciones generales, busca mantener la representación política expresada en las urnas y completar la conformación del nuevo Parlamento.

El pleno explicó que aplicó de manera conjunta las normas que regulan la representación política para atender un caso no contemplado expresamente por la legislación. Además, dispuso que su Oficina General de Asesoría Jurídica prepare un proyecto de ley para regular estas situaciones en futuras elecciones.

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