La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi determinó que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) no logró justificar las restricciones horarias que impuso para la venta y expendio de bebidas alcohólicas en el Cercado de Lima y el resto de la capital. El fallo se originó tras una denuncia de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), que calificó esas limitaciones como barreras burocráticas. En el mismo proceso también se revisaron las trabas al funcionamiento de discotecas, salones de baile y establecimientos similares en el Cercado de Lima.

Municipios deberán justificar restricciones para vender alcohol o arriesgan que sean anuladas. | Foto: Generada por IA - ChatGPT

Si bien la Sala reconoció que las municipalidades tienen competencias para regular estas materias, precisó que eso no las exime de sustentar sus decisiones. En concreto, concluyó que la MML no acreditó cuál era la problemática concreta que pretendía solucionar con los horarios establecidos ni presentó evidencia objetiva que demostrara que dichas limitaciones eran necesarias, razonables y proporcionales. Ese análisis alcanzó tanto a las restricciones para la venta de alcohol como a las referidas al funcionamiento de discotecas y establecimientos similares.

La sala del Indecopi confirmó la resolución de primera instancia y declaró como barreras burocráticas carentes de razonabilidad todas las restricciones horarias impuestas. Sin embargo, aclaró que su decisión no elimina la facultad de las municipalidades para regular estas actividades, sino que exige que cualquier restricción esté debidamente sustentada en evidencia objetiva y cumpla con los criterios de razonabilidad previstos en la normativa vigente. Para Jesús Espinoza, exdirector del Indecopi y socio del estudio Muñiz, el principal aporte de esta resolución no radica en el resultado del caso, sino en el estándar que fijó para las futuras regulaciones municipales. Explicó que, a diferencia de la mayoría de procedimientos sobre barreras burocráticas, el Indecopi no cuestionó la competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) para regular horarios, sino la falta de un análisis que demostrara que las restricciones respondían a un problema público real. En esa línea, sostuvo que las municipalidades ya no podrán sustentar este tipo de medidas únicamente en argumentos generales sobre seguridad o tranquilidad pública. Ahora deberán acreditar, con evidencia objetiva, estadísticas, reportes o estudios, que existe un problema concreto y que la restricción resulta necesaria para solucionarlo. Alfredo Lindley-Russo, socio fundador de GLR Abogados, coincidió en que este criterio obliga a fortalecer el proceso de elaboración de las ordenanzas. En su opinión, las restricciones deberán demostrar que son idóneas, proporcionales y que no existe una alternativa menos gravosa para alcanzar el mismo objetivo. El debate ahora se traslada a las municipalidades distritales. Según Lindley-Russo, el criterio del Indecopi puede invocarse para cuestionar medidas similares, aunque la resolución solo afecta a las ordenanzas analizadas. El abogado marcó una diferencia clave: los distritos pueden regular horarios de funcionamiento de locales, pero la fijación de horarios para la venta de bebidas alcohólicas corresponde a las municipalidades provinciales. Por ello, sostuvo que los distritos solo deben fiscalizar el cumplimiento de esas disposiciones, no establecer horarios propios. Espinoza agregó que, si hay restricciones distritales similares, deberán impugnarse mediante nuevos procedimientos ante el Indecopi. A su juicio, la decisión representó “un gran primer paso” y podría servir como referencia para revisar ordenanzas de otros distritos. Así, la discusión podría extenderse a las restricciones impuestas por otros gobiernos locales. Venta de alcohol: municipios podrían perder restricciones horarias si no las sustentan | Foto: Referencial

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