El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) implementará un nuevo reglamento que podría incorporar a más de 50 empresas fintech que operan en el mercado peruano al Sistema Nacional de Pagos (SNP), según analistas del emisor monetario. El proceso se desarrollará durante el año y busca ampliar la seguridad, interoperabilidad y eficiencia de los pagos digitales en el país.

“Muchas de estas fintech ya forman parte del mercado peruano de pagos. Lo que cambia con el nuevo reglamento no es su ingreso al mercado, sino que pasan a operar dentro de un perímetro regulatorio más claro, formal y supervisado por el BCRP”, señala Karina Chinguel, socia de Vodanovic. El cambio regulatorio incorpora a estas empresas a un perímetro de supervisión más amplio, con exigencias de solvencia, gestión de riesgos y ciberseguridad para fortalecer la confianza en el sistema, refieren especialistas del sector.

El nuevo reglamento del sistema nacional de pagos crea la figura de las Entidades de Servicios de Pago (ESP). Las empresas que participan en un sistema de pagos o en un acuerdo de pago prominente deberán obtener autorización del Banco Central, mientras que aquellas que participan únicamente en acuerdos no prominentes deberán registrarse. Para Amparo Nalvarte, CEO de B89, existen requisitos que son obligatorios para las fintech y otros que podrán adecuarse de manera progresiva.

El cronograma del BCRP establece que las entidades que requieren autorización deberán completar el proceso entre junio y diciembre de 2026, según el volumen de sus operaciones, mientras que aquellas que solo necesitan registrarse tenían como fecha límite el 30 de junio de este año. Nalvarte señala que las fintech existentes podrán seguir operando mientras tramitan su autorización o registro dentro de los plazos reglamentarios, pero aquellas que no obtengan la autorización una vez vencido el cronograma enfrentarán sanciones y perderán competitividad.

“No estarían en cumplimiento cuando un cliente o una entidad financiera realice un proceso de due diligence. El mismo mercado irá excluyendo a quienes no cuenten con la autorización o el registro”, sostiene. Entre las principales exigencias figura un capital social mínimo de S/ 600,000, monto que podrá actualizarse, además de un patrimonio neto acorde con el volumen de operaciones y el cumplimiento de reportes periódicos al BCRP.

“Los requisitos económicos no son negociables. El capital mínimo, por ejemplo, debe cumplirse sí o sí. En cambio, aspectos vinculados con ciberseguridad, procesos y operación del sistema de pagos pueden tener una implementación gradual acordada con el BCR”, explica. Las empresas también deberán acreditar información societaria, registral y tributaria, demostrar la idoneidad de sus directivos y accionistas relevantes, presentar un plan de negocios con proyecciones financieras y contar con políticas robustas de gestión integral de riesgos, continuidad operativa y protección al usuario.

Las especialistas coinciden en que el reglamento no solo abarca a las fintech de pagos, sino también a otros actores del ecosistema, como empresas emisoras de dinero electrónico, procesadores, adquirentes y proveedores de infraestructura tecnológica vinculada a pagos. En contraste, las fintech dedicadas exclusivamente a préstamos, inversiones o crowdfunding no estarán obligadas a registrarse, a menos que decidan ofrecer servicios de pago regulados o conectarse directamente al Sistema Nacional de Pagos supervisado por el BCRP, puntualiza Amparo Nalvarte. Chinguel enfatiza que el propósito de la regulación no es frenar la innovación, sino acompañar el crecimiento del sector con mayores estándares de seguridad. “La regulación busca que el desarrollo de billeteras digitales, adquirentes, facilitadores de pago, emisores, proveedores QR e iniciadores de pagos ocurra con mayor interoperabilidad, transparencia, continuidad operativa y confianza para usuarios y comercios”, afirma. Zulema Ramirez Huancayo linkedin

Economista de la Universidad de Piura. Actualmente se desempeña como redactor de Finanzas en Diario Gestión.

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