El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada por Renovación Popular, con lo cual dejó sin efecto la resolución que impedía la candidatura de Rafael López Aliaga como teniente alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima. La decisión se adoptó después de que los magistrados del máximo órgano electoral evaluaran los argumentos y pruebas expuestos por la defensa legal del partido durante una audiencia pública virtual.

El caso se originó el 30 de junio, cuando el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro emitió la Resolución N.° 04301-2026-JEE-LICN/JNE, que declaró improcedente la inscripción de las candidaturas de Rafael López Aliaga, Guillermo Valdivieso y Mario Luna para las elecciones municipales de Lima Metropolitana. El 4 de julio, el personero legal de Renovación Popular presentó un recurso de apelación contra esa resolución, el cual fue concedido por el JEE, elevando el expediente al JNE para que resuelva en última y definitiva instancia.

Durante la audiencia pública, el abogado de López Aliaga, Virgilio Hurtado, sostuvo que el impedimento para postular a cargos municipales solo alcanza a los congresistas que ya ejercen funciones y no a quienes han sido elegidos o proclamados, pero aún no han juramentado. “Una cosa es ser congresista electo y proclamado y otra es ser congresista y senador en ejercicio. El impedimento está previsto para el parlamentario en funciones, no para quien todavía no ejerce el cargo”, señaló.

En esa línea, afirmó que los senadores y diputados elegidos recién asumirán funciones el próximo 26 de julio, por lo que no pueden ser equiparados a congresistas en ejercicio. Añadió que interpretar lo contrario implicaría extender una restricción de derechos mediante analogía, lo que, según dijo, no está permitida en la Constitución.

#LoÚltimo | El Pleno del JNE declaró fundada apelación de Rafael López Aliaga para postular en las Elecciones Regionales y Municipales #ERM2026 pic.twitter.com/KXVsKhVaG7

— JNE Perú (@JNE_Peru) July 14, 2026
En la audiencia pública del lunes, el pleno del JNE escuchó los alegatos de la defensa de Rafael López Aliaga y de Renovación Popular. Tras ello, el presidente del organismo, Roberto Burneo, informó que la causa quedó al voto. El partido busca que se revoque la decisión del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro, que declaró improcedente la candidatura de López Aliaga a la Municipalidad de Lima por considerar que, al haber sido proclamado senador, incurría en un impedimento legal. El personero legal de Renovación Popular, Fernando Sandoval, argumentó que el JEE vulneró el derecho constitucional de sus candidatos a ser elegidos al aplicar una interpretación que contraviene la Constitución y la legislación electoral. Sostuvo que el impedimento para postular a cargos municipales alcanza únicamente a los congresistas que ya ejercen funciones, es decir, a quienes han juramentado e iniciado formalmente su mandato. “Pero la pregunta es si un congresista electo o proclamado que no ha juramentado para ejercer el cargo, se encuentra sometido al referido impedimento de ley. Determinar ello es fundamental para poder concluir si la declaratoria de improcedencia emitida en la resolución apelada (…) se ajusta a ley, porque un congresista electo no tiene la misma condición de un congresista en funciones, habida cuenta que este último está sujeto al estatuto parlamentario y a instituciones como la irrenunciabilidad en el ejercicio del cargo y a un conjunto de impedimentos e incompatibilidades propias del ejercicio del cargo”, manifestó. Por su parte, el abogado de López Aliaga, Julio César Hurtado, se refirió a la declinación de su patrocinado al cargo de senador. Precisó que una decisión unilateral no puede dejar sin efecto una proclamación del JNE, aunque sí permite discutir sus alcances jurídicos. Explicó que la credencial otorgada por el organismo electoral constituye el título que habilita a los elegidos a iniciar el procedimiento para asumir el cargo, el cual comprende diversos actos previos a la juramentación. En ese sentido, indicó que el reglamento del Senado exige la presentación de declaraciones juradas de bienes, rentas e intereses, entre otros requisitos, antes de prestar juramento. Agregó que su patrocinado ya comunicó al presidente del Congreso que no participará en dichos actos y ratificó su decisión de no asumir el cargo de senador. El pleno del JNE realizó este lunes una audiencia pública para resolver, en última instancia, la apelación presentada por Renovación Popular sobre la candidatura de Rafael López Aliaga. Foto: Andina.

El recurso también cuestionó que el JEE haya admitido las candidaturas de Leo de Paz Lancho y Aldo Bravo Quispe, proclamados como diputados electos, mientras declaró improcedente las postulaciones de López Aliaga y Guillermo Valdivieso. Según Renovación Popular, ambos casos se encuentran en una situación jurídica similar, por lo que existe un trato diferenciado “que vulnera el principio de igualdad ante la ley”.

Además, recordó que el líder de Renovación Popular comunicó al JNE y al Congreso su decisión irrevocable de no asumir el cargo de senador, por lo que consideró que corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada y convocar al siguiente candidato de su lista. “(…) De manera expresa el candidato ha señalado que no prestará el juramento de ley para ejercer el cargo, de modo que ante dicha situación amerita la respuesta del JNE, así como de la Oficialía Mayor del Congreso de la República, pero no del candidato quien ya ha manifestado su voluntad de declinar”, sostuvo.

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