Eliminan bonificaciones para personas con discapacidad y licenciados de las Fuerzas Armadas

El Ministerio de Salud (Minsa) oficializó cambios en el Reglamento de la Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (Serums) a través de la Resolución Ministerial N.º 617-2026/MINSA, que modifica los artículos 25 y 26 de la Ley N.º 23330. La nueva norma elimina las bonificaciones para personas con discapacidad y licenciados de las Fuerzas Armadas, al tiempo que precisa los requisitos de postulación, el sistema de evaluación y las reglas de adjudicación de plazas para los profesionales de la salud.

Según el sector Salud, el ajuste responde a la necesidad de alinear el reglamento con el criterio emitido por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) sobre la aplicación de estos beneficios en el proceso de incorporación al Serums. En cuanto a la evaluación, el 70% del puntaje se basará en la Evaluación para el servicio rural, y se enfatiza que el promedio ponderado incluirá todas las notas de la carrera, incluido el internado.

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Fin de las bonificaciones

Las bonificaciones contempladas en la Ley General de la Persona con Discapacidad y en la Ley del Servicio Militar ya no se aplicarán en la adjudicación de plazas del Serums. Este es uno de los cambios centrales del nuevo reglamento, que elimina los puntajes adicionales que antes beneficiaban a personas con discapacidad y licenciados de las Fuerzas Armadas. El Ministerio de Salud adecuó la norma para que el orden de mérito de los postulantes ya no considere estos beneficios.

La modificación se sustenta en el Informe Técnico N.º 000912-2026-SERVIR-GPGSC, donde Servir concluye que dichas bonificaciones corresponden a concursos públicos para acceder a un puesto de trabajo en el Estado. En cambio, el Serums es un programa de servicio obligatorio y su incorporación no genera un vínculo laboral con la administración pública. Por ello, según el criterio técnico del organismo, estos beneficios no son aplicables al proceso.

La medida se publica semanas después de que La República revelara una denuncia del Colegio Médico del Perú sobre un incremento inusual de postulantes que accedieron a la bonificación del 15% por discapacidad en el proceso Serums 2026-I. El gremio reportó que 409 profesionales de la salud declararon esa condición para obtener el beneficio, entre ellos 155 médicos cirujanos, frente a los 31 registrados en el proceso 2025-I. William Guzmán, vocero del Colegio Médico, advirtió a este diario que algunos postulantes llegaron a escalar hasta 500 puestos en el orden de mérito gracias a la bonificación, lo que les permitió acceder a mejores plazas. Tras las denuncias, el Ministerio de Salud anunció una auditoría a los certificados presentados y posibles acciones administrativas, civiles y penales si detectaba irregularidades. No obstante, la resolución publicada este martes sustenta la eliminación del beneficio en el criterio técnico de Servir, que concluyó que estas bonificaciones no corresponden al proceso Serums porque no implica el acceso a un puesto de trabajo en el Estado.

Cómo se calculará el puntaje

La nueva norma establece que el orden de mérito en la adjudicación de plazas se determinará con una fórmula específica: el 70% del puntaje final provendrá de la Evaluación para el Serums, mientras que el 30% restante corresponderá al promedio ponderado promocional de la carrera, incluyendo la nota del internado cuando aplique. Este puntaje final se calculará hasta con cuatro decimales y, en caso de empate, se resolverá según los criterios del instructivo de cada proceso.

Requisitos y adjudicación

La modificación también detalla los requisitos de inscripción para los profesionales. Deberán contar con el título profesional registrado en la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), tener colegiatura vigente del colegio profesional respectivo, haber rendido la Evaluación para el Serums y presentar el documento oficial que acredite el promedio ponderado promocional emitido por la universidad. Este promedio debe incluir todas las notas obtenidas durante la carrera, incluido el internado cuando corresponda. Para títulos obtenidos en el extranjero, los postulantes deberán presentar el documento que acredite dicho promedio con la Apostilla de La Haya cuando resulte aplicable.

lr.pe El Minsa advierte que quienes no cumplan con los requisitos serán declarados 'No aptos' y quedarán excluidos del proceso de adjudicación. La norma mantiene la adjudicación de plazas dos veces al año, pero faculta al Ministerio de Salud a convocar procesos extraordinarios si existen razones debidamente justificadas. Además, para acceder a una plaza ofertada por las sanidades de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional del Perú, el postulante deberá ser peruano de nacimiento o contar con nacionalidad peruana.

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