Para el 90% de las empresas en el Perú, la variable tributaria ha dejado de ser un simple costo de cumplimiento para convertirse en un factor de incertidumbre que compromete su viabilidad financiera. Así lo señala Apoyo Consultoría, firma que atribuye esta percepción a una imprevisibilidad que obliga a las compañías a blindarse contra interpretaciones administrativas que ignoran la dinámica real de los negocios.
El principal catalizador de esta incertidumbre es la aplicación de la Norma Antielusiva General. Aunque los objetivos de la norma son acertados y se alinean con los estándares internacionales, su ejecución práctica presenta falencias, pues suele ignorar la sustancia económica del negocio. La consultora identificó que la brecha entre la norma técnica y la interpretación administrativa se está ensanchando. El problema no radica en la facultad de fiscalizar, sino en la pérdida de coherencia en los fallos de las instancias superiores, lo que amplía el margen de discrecionalidad y se traduce en un riesgo regulatorio que desincentiva el crecimiento y la expansión de las empresas formales.
La fiscalización tributaria es percibida como un entorno de alta incertidumbre, principalmente por la falta de claridad en los criterios aplicados y la percepción de arbitrariedad en su aplicación. Apoyo Consultoría ha asesorado a diversas empresas en estos procesos y ha identificado tres tipos de casos que ilustran el problema. El primero es el tratamiento de las cuentas de cobranza dudosa. La legislación permite su deducción cuando se demuestra la dificultad de cobro, pero la Sunat ha elevado el estándar probatorio a niveles considerados irrazonables, ignorando incluso la acreditación de la quiebra del deudor.
En segundo lugar, la fiscalización de los gastos financieros genera otro punto de conflicto. La decisión de una empresa de apalancarse responde a una lógica de optimización del costo de capital, pero la administración tributaria cuestiona la necesidad de ese gasto bajo una interpretación restrictiva de la causalidad. Al atacar la estructura de financiamiento de proyectos de inversión, la Sunat pone en riesgo la viabilidad financiera y estratégica de las compañías y, por ende, sus fuentes de crecimiento. Es clave que la administración reconozca que el endeudamiento para crecer es el motor que ampliará la base tributaria en el mediano plazo, siempre que se respeten los límites de subcapitalización vigentes.
El tercer punto es el efecto tributario de los resultados de los contratos de cobertura financiera. El uso de instrumentos como forwards, swaps y opciones es una respuesta natural para protegerse de la volatilidad del mercado. Sin embargo, las empresas que emplean estos mecanismos enfrentan auditorías extenuantes en los años en que generan pérdidas; cuando hay ganancias y más renta sobre la que tributar, la Sunat no lo discute. La administración tributaria debería reconocer las nuevas fuentes de crecimiento usadas por empresas cuyas ventas o compras están marcadas por la volatilidad, y así evitaría ejercicios probatorios ociosos que solo generan costos de transacción y restan competitividad.
Además, la exigencia de acciones judiciales infinitas para validar un incobrable encarece la operación y distorsiona el resultado imponible. Una fiscalización eficiente debería validar la realidad del incobrable mediante criterios objetivos, no mediante procesos que mantienen cuentas por cobrar como activos cuyo valor no refleja adecuadamente su calidad económica, bajo riesgo de sanción.
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Debilitamiento institucional
La incertidumbre tributaria se refleja también en la creciente rotación de la jefatura de la Sunat y el Tribunal Fiscal. La falta de jueces titulares en la Sala Suprema y esa rotación han mermado la especialización técnica necesaria para resolver controversias de alta complejidad que exige el mundo empresarial moderno, además de reducir la coherencia entre los distintos fallos que emite la administración. Este panorama, que demanda de la Sunat mayor interpretación y sustento económico, se agrava por el debilitamiento institucional. Entre 2019 y 2024, el gasto en personal de la administración tributaria aumentó en más de 50%, pero la presión tributaria se mantuvo estancada en alrededor de 15% del PBI. El bajo nivel de carga tributaria se ha sostenido por el alto nivel y persistencia de la evasión del IGV, que en 2025 ascendió a 38% de la recaudación potencial de este tributo.
Incrementar la acción fiscalizadora de la Sunat de esta manera es fiscalmente miope. No solo es un problema para las finanzas de las empresas, sino también para las del Estado. Cuando las compañías pagan deudas tributarias en litigio lo hacen bajo “protesto”. Sin embargo, el Estado registra esos pagos como ingresos y los gasta. Esto genera un pasivo contingente masivo, pues cuando el Poder Judicial o instancias internacionales fallan a favor del contribuyente, el Tesoro Público debe devolver el capital más intereses moratorios –a tasas superiores a las de mercado–, sincerando así el desbalance fiscal.
El caso de Credicorp, que en 2025 desembolsó más de S/ 1,500 millones por hechos ocurridos entre 2018 y 2019, ilustra esta dinámica. Ese pago permitió al Estado cumplir la meta del déficit fiscal del 2.2% del PBI, aunque advierten que podría tratarse de un espejismo. Frente a este escenario, la recomendación es clara: las empresas deben fortalecer el Gobierno Corporativo Tributario. Las actas de directorio deben convertirse en el escudo que refleje la lógica económica de cada operación y decisión que, eventualmente, la Sunat podría objetar.
Además, urge que los KPI de la Sunat evolucionen hacia la recaudación firme y no impugnada, y que la digitalización sirva para una primera identificación de temas que deriven en una fiscalización objetiva. Por último, se debe abogar por la vuelta a la profesionalización de los órganos resolutores en materia tributaria, evitando el nombramiento de tribunos temporales. Solo así, sostienen, el sistema tributario dejará de ser un riesgo para la inversión, el crecimiento y la generación de empleo.
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