El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación de Rafael López Aliaga y revocó la tacha que pesaba en su contra, validando así su candidatura como regidor de la Municipalidad Metropolitana de Lima. El líder de Renovación Popular queda habilitado para postular al cargo de teniente alcalde, pese a haber sido elegido senador en los últimos comicios.
Durante la audiencia, el abogado de Renovación Popular, Virgilio Hurtado, sostuvo que el Jurado Electoral Especial (JEE) cometió un error al aplicar de forma “extensiva” e incorrecta los impedimentos contemplados en la ley. “El JEE comete un grave error al considerar que los elegidos y proclamados (…) se encuentran en condición de autoridades [en funciones] y, por consiguiente, no pueden postular en las ERM. No han analizado correctamente la tipificación de ese impedimento”, argumentó la defensa.
Hurtado remarcó ante el colegiado que las restricciones a la participación política deben ser explícitas en la norma y no interpretarse por analogías para limitar derechos ciudadanos. Tras analizar los descargos presentados, el máximo tribunal electoral decidió revocar la tacha impuesta en primera instancia y declarar fundada la apelación que admite la continuidad de la candidatura de López Aliaga.

El debate con el tribunal
Durante la audiencia, el magistrado Gunter Gonzales cuestionó si la proclamación oficial del JNE perdía valor cuando el candidato aún no había asumido funciones: “¿Entonces no produce ningún efecto la proclamación?”. En respuesta, el abogado de Renovación Popular, Hurtado, aclaró que sí tiene validez jurídica, pero precisó que esta condición difiere de la de un parlamentario en ejercicio activo del cargo. Más adelante, el magistrado Rubén Torres preguntó si un postulante podía dejar sin efecto por voluntad propia una proclamación del sistema electoral. Hurtado precisó que no busca desconocer la ley, sino delimitar sus alcances. Sobre el significado de la proclamación, indicó que actúa como un "título" que faculta al ciudadano elegido a realizar los trámites correspondientes para asumir su puesto, pero no lo convierte automáticamente en autoridad en funciones.
La postura de López Aliaga frente al Senado
El presidente del JNE, Roberto Burneo, solicitó precisiones sobre la situación de López Aliaga respecto de los trámites para incorporarse al Senado. Hurtado ratificó que su patrocinado declinó participar en el proceso de juramentación para la Cámara Alta y que los plazos para dichos actos protocolares ya vencieron.
La defensa de Rafael López Aliaga también apeló a un vacío normativo en el caso de Guillermo Valdivieso, cuya candidatura fue declarada improcedente por el JEE. Sobre ello, señaló: “El artículo 8 de la Ley de Elecciones Municipales no menciona que un representante suplente ni titular del Parlamento Andino esté impedido de postular. Hay un vacío normativo, inclusive es más notoria esta aplicación extensiva del impedimento hacia su persona”. En paralelo, respecto a la juramentación del cargo, el abogado indicó: “Mi patrocinado ha presentado una carta al presidente del Congreso señalando que el plazo para cumplir con el protocolo o esos actos protocolares ya ha vencido. En consecuencia, ratifica con la declaración de no participar en los actos de juramentación del cargo”. Con esta decisión del Pleno del JNE, queda confirmado que Rafael López Aliaga continuará en la carrera electoral por la Alcaldía de Lima.
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