Las inscripciones en los principales registros mantuvieron un ritmo de crecimiento.

Durante el primer semestre de 2026, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) registró 1.982.463 títulos inscritos, una cifra que representa un incremento del 10,43% en comparación con el mismo periodo del año anterior, cuando se contabilizaron 1.795.153 trámites. Lima concentró el mayor volumen de inscripciones, seguida por Arequipa, La Libertad, Lambayeque, Cusco y Piura, regiones que lideraron la actividad registral a nivel nacional.

El crecimiento durante la primera mitad del año abarcó los cuatro registros que administra la Sunarp. El Registro de Bienes Muebles agrupa la inscripción de vehículos, embarcaciones, aeronaves, garantías mobiliarias y otros bienes susceptibles de registro. El Registro de Propiedad Inmueble, por su parte, reúne actos vinculados con predios como compraventas, hipotecas, independizaciones, acumulaciones y declaratorias de fábrica. En tanto, el Registro de Personas Jurídicas incluye la constitución de empresas, asociaciones, fundaciones y cooperativas, así como la inscripción de modificaciones estatutarias y nombramientos de representantes. Finalmente, el Registro de Personas Naturales registra poderes, sucesiones intestadas, testamentos, uniones de hecho y otras inscripciones que otorgan seguridad jurídica a las relaciones civiles de los ciudadanos.

El Registro de Bienes Muebles lideró el crecimiento durante el primer semestre de 2026, con 1.053.290 inscripciones, un 17,41% más que en el mismo periodo del año anterior. Este registro concentró más de la mitad de todas las inscripciones realizadas en el país, lo que evidencia un mayor dinamismo en las operaciones vinculadas a este tipo de bienes. En contraste, el Registro de Propiedad Inmueble contabilizó 478.477 títulos, con un incremento del 5,83%; el Registro de Personas Jurídicas sumó 280.228 inscripciones, con un leve avance del 0,24%; y el Registro de Personas Naturales alcanzó 170.468 títulos, un 2,44% más.

A nivel territorial, Lima concentró casi la mitad de los títulos inscritos en el país, con 945.554 registros durante el primer semestre. Le siguieron Arequipa (131.242), La Libertad (109.805), Lambayeque (80.539), Cusco (76.975) y Piura (76.648). Otras regiones con actividad relevante fueron Junín, San Martín, Cajamarca, Puno e Ica. Más abajo en el ranking se ubicaron Áncash, Huánuco, Tacna, Ucayali, Loreto, Ayacucho, Madre de Dios y Apurímac. En el extremo inferior, Amazonas, Moquegua, Pasco, Tumbes y Huancavelica presentaron el menor volumen de registros a nivel nacional.

La Sunarp detalló que no existe un único procedimiento para el Registro de Bienes Muebles, debido a que abarca diversos actos como la inscripción de vehículos, maquinaria, embarcaciones, aeronaves, garantías mobiliarias y arrendamientos financieros, entre otros. No obstante, el procedimiento general de inscripción sigue etapas definidas que permiten formalizar estas operaciones.

El comportamiento de las cifras presentadas por Sunarp evidencia una mayor actividad registral en varias regiones del país, donde la formalización de bienes, empresas y otros actos registrales mantiene una tendencia de crecimiento. El proceso de inscripción sigue cuatro pasos. Primero, el interesado presenta el documento que sustenta el acto a inscribir —escritura pública, formulario registral, resolución u otro documento, según el tipo de bien o acto— en una oficina registral o, cuando corresponde, mediante el Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp). Luego, antes de la inscripción se cancelan los derechos registrales. El monto no es único, ya que depende del acto que se pretende registrar y está establecido en el tarifario vigente de la Sunarp. Un registrador público revisa que el título cumpla los requisitos legales y registrales; si encuentra observaciones, emite una esquela para que el usuario las subsane dentro del plazo previsto por la normativa, mientras que si todo está conforme, continúa el trámite. Finalmente, una vez calificado favorablemente, el acto se incorpora a la partida registral correspondiente. Desde ese momento, la inscripción produce efectos frente a terceros y otorga seguridad jurídica sobre el derecho inscrito.

Leer artículo completo en larepublica.pe →