El expresidente Pedro Castillo ha presentado formalmente un nuevo pedido de gracia presidencial común ante la Comisión de Gracias Presidenciales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el objetivo de dejar sin efecto la prisión que cumple por el golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022. A diferencia de solicitudes anteriores, esta vez la defensa no apela a razones humanitarias o de salud, sino a una interpretación constitucional sobre los plazos de detención y la presunción de inocencia.

El abogado Walter Ayala, quien presentó la solicitud, invocó el artículo 118, inciso 21, de la Constitución Política. Según la defensa, el proceso ha excedido los plazos máximos previstos por la Constitución y aún no existe una sentencia firme. En el documento se sostiene que el plazo de investigación compleja y su prórroga vencieron el 11 de abril de 2024, y que, aplicando un criterio garantista extremo, el límite máximo de la prisión preventiva se cumplió el 16 de diciembre de 2024. Por ello, se solicita la conmutación y posterior anulación de la medida que pesa sobre Castillo.

Los expertos del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas sostienen que la detención del expresidente Pedro Castillo fue arbitraria, al ser ejecutada sin una orden judicial independiente. Foto: Andina

El recurso también se apoya en un informe emitido por un grupo de trabajo de las Naciones Unidas, el cual sostiene que la detención del exmandatario fue arbitraria, al ser ejecutada sin una orden judicial independiente. Mientras el proceso permanece en etapa de apelación, la defensa insiste en la vigencia de la presunción de inocencia de Castillo.

El informe del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que concluye que la detención de Pedro Castillo fue arbitraria y vulneró derechos fundamentales tras el intento de disolver el Congreso el 7 de diciembre de 2022, es uno de los principales argumentos de la defensa. Dicho documento considera que el mensaje a la Nación del entonces presidente fue un “acto simbólico” protegido por la libertad de expresión, al señalar que no hubo coordinación con las Fuerzas Armadas ni la Policía Nacional para ejecutar un levantamiento. Sin embargo, esta interpretación fue cuestionada por especialistas. El constitucionalista Erick Urbina sostuvo que el mensaje presidencial no fue figurativo, sino una orden para disolver el Congreso, intervenir el Tribunal Constitucional y detener a la fiscal de la Nación, acciones que, según indicó, constituyeron un golpe de Estado con consecuencias jurídicas.

El recurso presentado también alcanza el proceso por el caso Puente Tarata. No obstante, fuentes del Ejecutivo señalaron que, al tratarse de una investigación por presunta organización criminal, el Ministerio Público dispone de plazos de investigación más amplios. Por ello, el supuesto constitucional invocado por la defensa recién podría aplicarse a partir de marzo de 2032.

La defensa de Pedro Castillo, liderada por Walter Ayala, presentó un nuevo pedido de gracia presidencial que ahora evalúa la Comisión de Gracias Presidenciales. Este organismo emitirá una recomendación al despacho presidencial antes de una decisión final. En el documento, se aclara que la gracia común no implica declarar inocente al exmandatario ni anular la sentencia de primera instancia, sino que busca extinguir la acción penal mediante una facultad constitucional excepcional, argumentando que el expediente aún no tiene resolución firme. Sin embargo, fuentes del Ejecutivo señalaron que el reciente fallo condenatorio por conspiración para la rebelión complica el otorgamiento de la gracia, ya que el proceso ya superó la etapa de investigación preparatoria. Además, el abogado constitucionalista Aníbal Quiroga sostuvo que ninguno de los procesos de Castillo cumple con el requisito constitucional de exceso en el plazo de instrucción. Foto tomada por la periodista Cintya Malpartida a poco de la emisión del mensaje golpista de Pedro Castillo. Foto:  X / Cyntia Malpartida A esto se suma la postura de la Cancillería, que mediante un comunicado recordó que la opinión del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU no es una decisión jurisdiccional obligatoria ni tiene efectos directos en el ordenamiento jurídico peruano. El exmandatario, quien contó con asistencia legal durante todo el proceso, es juzgado actualmente por la Corte Suprema bajo las garantías previstas en la legislación peruana. Pedido de Pedro Castillo para obtener la gracia común en medio de su apelación contra su sentencia por golpe de Estado. Mientras la Sala Penal Permanente evalúa la apelación contra la sentencia dictada en su contra, Pedro Castillo continúa recluido en el penal de Barbadillo, a la espera de que se resuelva su nuevo pedido de gracia presidencial. El expresidente, que apela a la Constitución y a un informe de la ONU para sustentar su solicitud, permanece en prisión mientras las autoridades judiciales analizan los argumentos presentados. La defensa de Castillo insiste en que su detención vulnera derechos fundamentales y busca que se le conceda el beneficio de la gracia presidencial para recuperar su libertad. Mientras tanto, el proceso legal sigue su curso, y el exmandatario aguarda una decisión que podría cambiar su situación jurídica.

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