Policía incautarà celujlares en prisiones junto al personal penitenciario. La Ley 32684, aprobada por el Congreso, modifica el Código Penal y el Código de Ejecución Penal para endurecer las sanciones contra la extorsión y el uso de celulares en cárceles y centros juveniles. La norma, que entró en vigencia el 2 de julio, busca, según sus impulsores, terminar con la impunidad y fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada dentro de los reclusorios. Las penas por extorsión agravada cometida desde penales van de 15 a 25 años de prisión. Quienes ingresen equipos de comunicación a estos recintos enfrentarán de 8 a 12 años de cárcel. Si el responsable es una autoridad, abogado o servidor público, la condena se eleva de 10 a 15 años, más inhabilitación. Con estos cambios, se pretende cerrar la llamada 'puerta giratoria' que permitía que personas condenadas 'sigan delinquiendo una y otra vez'. Las autoridades fundamentan que 'la pena de los delitos tiene que ser acorde al daño causado', por lo que se elevaron los mínimos y máximos en una amplia lista de delitos. La reconfiguración del sistema punitivo peruano apunta directamente a desarticular las redes criminales que operan desde las prisiones, donde el uso de telefonía móvil se ha convertido en una herramienta clave para cometer extorsiones. La ley también establece sanciones para quienes utilicen dispositivos de comunicación dentro de los centros juveniles, ampliando el alcance de la norma a toda la población recluida. Con esta medida, el Congreso busca evitar que las condenas sean un simple trámite y que los internos sigan delinquiendo desde las celdas. La norma tipifica nuevas agravantes: los internos que porten o faciliten armas y explosivos, armas blancas o materiales tóxicos recibirán una condena de 8 a 15 años. El endurecimiento también alcanza el uso indebido de telecomunicaciones, con penas de 8 a 10 años, aunque transmitir voz o datos con servicios no autorizados, o cometer delitos que atenten contra la seguridad nacional o el orden público, se castiga con 12 a 15 años de prisión. Además, la ley exige a las empresas operadoras brindar apoyo técnico para detectar y neutralizar las señales dentro de estos recintos. larepublica.pe Diversas instituciones del sistema de justicia advirtieron durante el debate parlamentario sobre algunos vacíos de técnica legislativa que podrían generar retos para su aplicación procesal. Uno de los puntos de mayor análisis es la posible afectación al principio del non bis in ídem (no ser sancionado dos veces por el mismo hecho). Esto ocurre al endurecer el delito de extorsión agravada (art. 200.6) y, en paralelo, penalizar el uso de telecomunicaciones para delinquir (art. 368-D). Asimismo, desde la dogmática penal se observó la equiparación del intento de ingresar un teléfono con el delito plenamente consumado (art. 368-A), lo que abre el debate sobre la proporcionalidad de la pena. Por otro lado, la reforma incorpora disposiciones en el Decreto Legislativo 1688 y señala que las operadoras de telecomunicaciones deben brindar apoyo técnico para el bloqueo de señales penitenciarias. Sobre este extremo, Osiptel y los gremios del sector expresaron sus reservas e indicaron que la medida traslada obligaciones operativas de seguridad estatal hacia el sector privado. Además, advirtieron sobre la viabilidad técnica y el riesgo de afectar la continuidad del servicio de telecomunicaciones para la ciudadanía que reside en las zonas urbanas colindantes a los penales.

El objetivo es impedir que las organizaciones criminales operen desde prisión. Para ello, la posesión de celulares no autorizados por parte de un interno se sanciona con 3 a 8 años de cárcel; si con ese equipo se comete o intenta cometer un delito, la pena se eleva a entre 10 y 15 años. En tanto, el capítulo de omisión de denuncia por autoridades —es decir, no reportar la existencia de equipos no autorizados— alcanza entre cuatro y 8 años, más inhabilitación.

Actualmente, ¿cómo serán los procedimientos operativos? “Durante los operativos, la PNP junto con el personal penitenciario, incautará los equipos sin acceder a su contenido”, dice un funcionario del Inpe. “No se accederá al contenido, mensajes ni información de los equipos incautados. El acceso a la información solo se realizará con autorización judicial”, precisa a La República.

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